La Segunda Sala de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva y condenó a 22 agentes de la policía política de la dictadura, la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por secuestros y homicidios calificados de víctimas de la Operación Cóndor, 10 de las cuales fueron secuestradas en el exterior en el marco del plan represor que se articuló en la década de los 70 en coordinación con las dictaduras de Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia y Uruguay.
122 chilenos y chilenas, todos militantes y simpatizantes de partidos de izquierda fueron asesinados y hechos desaparecer y luego se hizo una operación comunicacional para decir que "se mataron entre ellos" en distintos países. Fue conocida como la Operación Cóndor.
Los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Teresa Letelier y los ministros suplentes Juan Manuel Muñoz y Eliana Quezada, rechazaron los recursos de casación presentados por las partes a la sentencia emitida en julio de 2022 por la Corte de Apelaciones de Santiago y confirmó las condenas a los agentes Cristoph Willike Floel y Raúl Iturriaga Neumann, quienes deberán cumplir una pena de 20 años de presidio como autores de los secuestros calificados de Jorge Fuentes Alarcón, Julio Valladares Caroca, Juan Hernández Zazpe, Manuel Tamayo Martínez, Luis Muñoz Velásquez, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años como autores de los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
Del mismo modo, Juan Morales Salgado fue condenado a una pena de 20 años de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.
En tanto el agente Pedro Espinoza Bravo deberá purgar una pena de 20 años de presidio por los secuestros calificados de Julio Valladares Caroca, Manuel Tamayo Martínez, Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 20 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
El tribunal también condenó a los ex agentes Jorge Escobar Fuentes, Federico Chaigneau Sepúlveda, Miguel Riveros Valderrama cumplirán pena de 18 años de presidio por los secuestros de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 18 años de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
La agente Gladys Calderón Carreño fue sancionada con una pena de 10 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y 15 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto González y Ruiter Correa Arce.
Jaime Ojeda Obando y Eduardo Oyarce Riquelme cumplirán una pena de 5 años y un día de presidio por los secuestros calificados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velásquez Mardones; y una pena de 10 años y un día de presidio por los homicidios calificados de Ricardo Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bartnik y Matilde Pessa Mois.
Por su parte, Miguel Krasnoff Martchenko y Gerardo Godoy García cumplirán 15 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.
El agente Hermon Alfaro Mundaca fue condenado a 10 años de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón. A la misma pena y por el mismo delito fueron sentenciados José Fuentes Torres, Jorge Andrade Gómez, José Aravena Ruiz, Luis Torres Méndez, María Gabriela Órdenes Montecinos, Osvaldo Pulgar Gallardo y Rodolfo Concha Rodríguez, quienes habían sido absueltos en el fallo de primera instancia.
Finalmente Jerónimo Neira Méndez y Manuel Rivas Díaz deberán cumplir una pena de 3 años y un día de presidio por el secuestro calificado de Jorge Fuentes Alarcón.
En materia civil, el único recurso acogido por el máximo tribunal fue el de Paulina Veloso, querellante por su marido Alexei Jaccard, y que logra que se reconozcan reparaciones simbólicas, aparte de las económicas.
“Un gran logro de la justicia chilena”
El abogado Nelson Caucoto, quien representa a los familiares de siete de las doce víctimas, señaló que se trata “de un fallo largamente esperado y que nos satisface plenamente, me alegro por los familiares de las víctimas por la paciencia infinita que han tenido y por su profunda confianza y fe en la justicia. En su gran mayoría estas víctimas fueron alcanzadas por el largo brazo criminal de la DINA, que se extendió más allá de nuestras fronteras y capturó en diversos países del continente a chilenos a quienes hicieron desaparecer o ejecutaron en nuestro país”.
En ese sentido considera que es “un gran logro de la justicia chilena, que avanza sin claudicar en la resolución de estos procesos tan complejos, a pesar de los años transcurridos. Chile se constituye así, en vanguardia continental en la lucha contra la impunidad que por más de treinta años (1973-2003) se impuso sobre los crímenes de la dictadura”.
“Se trata de una sentencia moderna, afincada en el derecho internacional, sólida y progresista pues recoge la creciente evolución de ese derecho, con penas de las más severas que se hayan conocido en nuestro país para tan graves crímenes, e incluso innova en materia de reparación, al acoger el recurso interpuesto por la abogada Paula Flores como representante de Paulina Veloso, en cuanto reconoce que la reparación sobrepasa los márgenes económicos de la misma y la extiende a medidas simbólicas que dignifican a las víctimas”, sostuvo Caucoto.