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Caster Semenya: Afamada atleta y campeona olimpica que nació sin útero ni ovarios pero tiene testículos internos deberá reducir niveles de testosterona para poder competir

El día estaba señalado con rojo en el calendario de Caster Semenya. Sin embargo, no llegaron buenas noticias para ella desde Lausana. El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) anunció este miércoles que rechaza el recurso de la atleta sudafricana contra la Federación Internacional de Atletismo (IAAF), que obliga a las atletas con altos niveles de testosterona a seguir una medicación. Igualmente, el organismo dictó que la IAAF debe modificar su reglamento al respecto.

El TAS tiene "serias preocupaciones sobre la futura aplicación práctica de este reglamento" y lo califica de "discriminatorio", pero argumenta también que  "esta discriminación es necesaria, razonable y proporcionada para el objetivo de la IAAF de preservar la integridad de las atletas".

La atleta sudafricana de 28 años nació sin útero ni ovarios, pero tiene testículos internos, lo que explica el funcionamiento hormonal de su cuerpo, que produce altos niveles de testosterona. La IAAF exigirá ahora que las deportistas intersexuales -aquellas con características tanto femeninas como masculinas- deberán reducir sus niveles de testosterona a la mitad.

En febrero, durante una semana, el TAS, máxima jurisdicción deportiva, estudió el recurso de la campeona sudafricana contra el nuevo reglamento de IAAF que obliga a las mujeres "hiperandrógenas" a hacer bajar, a través de medicamentos, sus niveles de testosterona si quieren participar en pruebas internacionales desde los 400 metros a la milla (1.609 metros).

Pero el TAS, "en una sentencia larga de 165 páginas" emitida por los tres jueces encargados del caso, "no valida el reglamento de la IAAF, simplemente rechaza el recurso de Semenya", indicó Mathieu Reeb, secretario general de la instancia jurídica de recursos.

"Es la IAAF la que ahora debe trabajar en su reglamento para adaptarlo en función de las reservas emitidas por el TAS", añadió. En efecto, el reglamento de la IAAF no se aplicará hasta que la federación haya corregido sus aspectos controvertidos, subraya el TAS.

Tres puntos provocan problemas, según los expertos. El primero es la dificultad para aplicar un principio de responsabilidad objetiva fijando un umbral de la tasa de testosterona a respetar. Luego está la dificultad de probar la verdadera ventaja atlética de las atletas con hiperandrogenia en las distancias de 1.500 metros y la milla. Y, finalmente, los eventuales efectos secundarios de este tratamiento hormonal.

Si el veredicto del TAS no es una victoria para la IAAF, sí es una derrota para Semenya, doble campeona olímpica de 800 metros, y las otras atletas hiperandrógenas que deberán someterse a tratamiento, aunque sea modificado. La sudafricana no tardó en expresarlo en sus redes sociales: publicó un tuit en el que aparecía un emoji con una cara de no entender la decisión del tribunal acompañado de una imagen en la que se podía leer en inglés la frase "A veces es mejor reaccionar sin reacción".

La normativa aprobada por la IAAF que obliga a las atletas con hiperandrogenismo a medicarse para reducir sus niveles de testosterona entrará en vigor el próximo día 8 de mayo, una vez publicado este miércoles el fallo del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que desestima la apelación de Semenya y de su federación nacional.
Por eso, a través de un comunicado, la IAAF le agradeció al TAS su detallada y pronta respuesta a las apelaciones contra su normativa sobre elegibilidad para competir en pruebas femeninas para las atletas que presentan estas características, "y se complace de que estas regulaciones sean consideradas una forma necesaria, razonable y proporcionada de conseguir el legítimo objetivo de la IAAF de preservar la integridad del atletismo femenino en las pruebas restringidas".

"Las regulaciones entrarán en vigor el 8 de mayo de 2019, fecha a partir de la cual todos los Atletas Relevantes (definidos en la cláusula 2.2(a) de las Regulaciones) que deseen competir en pruebas femeninas tiene que cumplir las condiciones establecidas en la cláusula 2.3 de dichas Regulaciones", precisó la IAAF.