Amnistía Internacional calificó como “histórica” la aprobación del aborto en Argentina. De acuerdo con, la organización, es “un logro que sirve como inspiración para que otros países de la región y el mundo avancen en el reconocimiento del acceso al aborto legal y seguro para la realización de los derechos humanos de las mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar”.
“Esta es una victoria del movimiento de mujeres en la Argentina, que hace décadas viene luchando por sus derechos. Ahora, las personas que decidan interrumpir su embarazo contarán con un servicio seguro y de calidad. Hoy crecimos como sociedad. Desde Amnistía Internacional vamos a trabajar para que el Estado garantice el cumplimiento del aborto legal en todo el país”, dijo Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
“Hoy Argentina generó un avance emblemático en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. Asimismo, envió un fuerte mensaje de esperanza a todo nuestro continente: que sí podemos cambiar el rumbo contra la penalización del aborto y los abortos clandestinos, que provocan graves riesgos a la salud y la vida de millones de personas”, agregó Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.
La organización destacó estos puntos de la ley aprobada por el congreso argentino:
El aborto es de acceso libre hasta la semana 14 de embarazo.
Una vez pasado ese plazo, el aborto es legal en caso de peligro para la vida o la salud de la persona gestante o en caso de violación.
Es posible acceder a la práctica en los servicios del sistema de salud público y privado, en un plazo máximo de 10 días desde su requerimiento.
Las personas de 16 años o más tienen plena capacidad por sí mismas para prestar su consentimiento; se presume que las niñas de 13 a 16 años cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida (conforme lo establece el art 26 del Código Civil y Comercial de la Nación).
El personal de salud deberá brindar un trato digno, garantizar la privacidad y confidencialidad de la información, y respetar la autonomía de la voluntad.
El funcionario público o personal de la salud que dilate, obstaculice o se niegue a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados podrá ser sancionado penalmente e inhabilitado para el ejercicio de la profesión.