La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó las sentencias a trece militares en retiro, que en 1973 pertenecían al Regimiento Húsares de Angol, y que fueron condenados por los homicidios calificados, en carácter de lesa humanidad, de un estudiante universitario y un alumno o niño de primero medio.
Además, la Corte confirmó que el fisco debe pagar una indemnización de $300 millones a la familia de una de las víctimas, por concepto de daño moral.
La sentencia ahora confirmada fue dictada por el ministro en visita para causas de violaciones a los DDHH, Álvaro Mesa, tras la investigación derivada de los homicidios calificados de Ricardo Gustavo Rioseco Montoya (22) y Luis Raúl Cotal Álvarez (14); quienes fueron ejecutados en Angol el 4 de octubre de 1973, tras ser detenidos luego de que supuestamente se oyera un disparo fuera del regimiento Húsares.
Los fusilaron delante de otros presos y luego ya muertos los lanzaron a un río
El crimen ocurrió el 4 de octubre de 1973 en la comuna de Angol, región de La Araucanía, cuando Ricardo Gustavo Rioseco Montoya (22), un estudiante universitario, y Luis Raúl Cotal Álvarez (14), estudiante secundario, fueron detenidos en forma separada por patrullas militares. Rioseco fue detenido en la casa de su padre y el segundo cuando volvía a su casa después de visitar a su abuela paterna.
El motivo de la detención fue que dos soldados conscriptos dijeron que escucharon disparos en las cercanías de la garita sur del Regimiento Húsares de Angol, pero no tenían pruebas que demostraran que los estudiantes tenían participación. La acusación nunca se probó y todos los inculpados, señalan que fue falsa.
De acuerdo con el fallo, fueron arrestados “no constando que hayan tenido alguna intervención en la ejecución del supuesto disparo efectuado al exterior del Regimiento Húsares de Angol, ni tampoco encontrándose arma alguna en los respectivos registros”.
El mayor del Ejército León Rivera González (ya fallecido), dio la orden de fusilar a los dos jóvenes en presencia de otros imputados. Posteriormente, subieron los cuerpos a un vehículo militar y los trasladaron hasta el puente La Arcadia, desde donde los lanzaron a las aguas del río Malleco. Hasta la fecha se desconoce el paradero de los restos de los dos jóvenes ejecutados.
El detalle de la sentencia a los 13 militares en retiro
En el detalle, la sentencia fue confirmada respecto del entonces teniente del Ejército, Germán Eduardo Ojeda Bennett, además de los subtenientes de la época, Carlos Patricio Bunster Medina, Alejo César Tisi Gómez, Jorge Alberto Lagos Robles, Alessandro Ernesto Cartoni Pruzzo, Manuel Arturo Montero Souper y Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein, a quienes se suma el cabo José Omar Correa Martínez.
Para ellos, el tribunal de alzada rebajó las penas de 19 años a 15 años y un día de presidio, por la responsabilidad de los condenados en los homicidios calificados en carácter de lesa humanidad.
Además, en fallo de mayoría, la Segunda Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia de 15 años y un día al otrora soldado conscripto Luis Alejandro Toledo Osses, por una de 5 años de presidio.
Por otra parte, los subtenientes Eduardo Humberto Carrasco Hauenstein y Gabriel Enrique Fuentes Campusano, el teniente Carlos Alberto Campusano Osorio, el cabo primero Mario Hernán Tapia Sepúlveda y el soldado conscripto José Liborio Lavín Leiva, deberán purgar penas de 3 años y un día de presidio, en calidad de encubridores de los homicidios.
Indemnización a familia de ejecutado
Finalmente, en el ámbito civil, el tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada. Esto es el pago de una indemnización de $300 millones de pesos por concepto de daño moral a familiares de la víctima Cotal Álvarez.