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Canal de televisión recibe multa millonaria tras dichos transfóbicos de opinológa Paty Maldonado contra diputada Emilia Schneider y chica reality Trinidad Cerda

El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) confirmó de manera definitiva la aplicación de dos multas de carácter millonario en contra de la señal televisiva privada TV+.

La medida regulatoria responde directamente a las declaraciones emitidas por la panelista Patricia Maldonado en el espacio de conversación nocturno Tal Cual, conducido por Raquel Argandoña y José Miguel Viñuela.

Los polémicos dichos de Patricia Maldonado en Tal Cual

Los hechos que motivaron la denuncia ante el organismo público ocurrieron en dos emisiones distintas del programa televisivo de TV+. En primer lugar, durante la transmisión del pasado 29 de enero, Maldonado se refirió en términos despectivos hacia la exintegrante de Gran Hermano, Trinidad Cerda, a quien calificó de “hombre”.

En dicha oportunidad, la panelista aseveró textualmente: “aunque usted se corte, se meta… lo que se ponga, nunca va a ser hombre y nunca va a ser mujer. El que nació hombre y mujer, hasta el final”.

Posteriormente, en la edición de abril del mismo espacio, Maldonado dirigió sus comentarios hacia la diputada Emilia Schneider, expresando sobre la parlamentaria que era “un pelotudo, que es diputado... Es un diputado, no diputada, que quede claro”.

La millonaria multa de 160 UTM aplicada por el CNTV

De acuerdo con el acta oficial de la sesión efectuada por el organismo el pasado 17 de agosto, el canal TV+ deberá pagar una suma total de 160 UTM, equivalente a $11.463.840. La resolución del CNTV argumentó que las expresiones de Maldonado “revisten la entidad suficiente como para injustificadamente afectar los derechos fundamentales de la persona aludida, desconociendo con ello la dignidad personal inherente a aquélla”.

El consejo regulador enfatizó que el ejercicio de la comunicación social posee límites normativos claros, determinando que “tanto la libertad de pensamiento y expresión como la de emitir opinión e informar tienen un límite relacionado con su ejercicio, el cual no puede vulnerar los derechos y la reputación de los demás”.

Durante el proceso sancionatorio, el canal de televisión intentó justificar y defender las declaraciones de su panelista recurriendo al marco legal del debate democrático.

La defensa de TV+ argumentó que los dichos correspondían a un “ejercicio legítimo de la libertad de expresión, al tratarse de opiniones emitidas en un espacio de debate sobre materias de interés público —como el sexo, el cambio de sexo y la identidad de género— respecto de las cuales existirían distintas posturas científicas y sociales, por lo que su sanción podría importar una forma de censura o producir un efecto inhibitorio sobre la discusión pública”.

Finalmente, estos descargos fueron desestimados en su totalidad por el ente regulador de televisión al ratificar la sanción.