Tras una extensa y cuarta jornada de formalización, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago rechazó la medida cautelar de prisión preventiva para Alberto Larraín y las tres coimputadas, María Constanza Gómez. María Teresa Abusleme y Evelyn Magdaleno, en el Caso ProCultura.
Cabe mencionar que pese a que el Ministerio Público solitaba la medida de prisión preventiva, el magistrado Patricio Álvarez, la rechazó y solo dictó arraigo nacional para los cuatro imputados.
En cuanto al quinto imputado Gabriel Prado, este ya había quedado con arresto domiciliario y arraigo nacional como medida cautelar luego de que su defensa abogara por "problemas de salud" durante la primera jornada de formalización.
El juez consideró que para dar una medida cautelar de prisión preventiva, el Código Procesal Penal requiere ciertos requisitos en los incisos. Entre ellos, que existen antecedentes que justificaran la evidencia del delito que se investigare, es decir, el juez no dio por acreditado la existencia de delitos que demuestren la existencia de antecedentes que demuestren la existencia del delito.
Y por otro lado, que existen antecedentes que permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito como autor, cómplice o encubridor. Por ell, según el magistrado, ninguno de estos 2 aspectos se da por acreditado.
