El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó este lunes un veredicto absolutorio en favor de Jesús Zenteno, acusado como responsable del incendio al Hotel Principado de Asturias durante el estallido social de 2019.
En detalle, el tribunal consideró que la evidencia que se presentó a Fiscalía, como resultado del registro de funcionarios de Carabineros, carecía de legalidad.
El 8 de noviembre, abogados de la Defensoría Popular denunciaron que durante el segundo juicio contra de Zenteno, el Ministerio Público volvió a utilizar el testimonio de un carabinero infiltrado en las manifestaciones del 2019, hecho que llamó la atención puesto que el primer juicio se anuló parcialmente porque se declaró ilegal esta misma prueba.
En ese momento, el jurista Rodrigo Román abordó a la privación de libertad de Zenteno y cuestionó la falta de pruebas del ente persecutor para mantenerlo en esta condición, acusando que la fiscalía "de manera caprichosa insiste en imputarle responsabilidad a Jesús Zenteno" en la elaboración de un artefacto incendiario, "en circunstancias en que no tiene ni una sola prueba que acredite el delito que se le imputa".
Por ello, el defensor afirmó que "se hacen imputaciones penales en que el Ministerio Público, de manera caprichosa, insiste en imputarle responsabilidad a Zenteno en la elaboración (de artefactos explosivos) en circunstancia que no tiene una sola prueba que acredite el delito que se le imputa, razón por la cual nosotros creemos que el caso de Jesús tiene que correr la misma suerte que ocurrió con Matías y Benjamín".
Recordar que justicia individualizó a Benjamín Espinoza Gatica, Matías Rojas Marambio y Jesús Zenteno como los acusados de quemar el Hotel Principado de Asturias el 12 de noviembre de 2019.
Y tras varios procesos, la Corte Suprema decretó la nulidad del fallo, la que se corroboró con la absolución del Tribunal.