En Chile, la regulación de la "puerta giratoria", el tránsito o contratación de exfuncionarios públicos en el sector privado, o al revés, restringe principalmente a las autoridades y funcionarios que dejan organismos fiscalizadores o reguladores o de la administración del Estado.
Según la normativa vigente y los proyectos de ley de discusión actual, las limitaciones operan de la siguiente manera:
Instituciones fiscalizadoras y reguladoras: La legislación vigente restringe por un período de seis meses (y existen propuestas legislativas para extenderlo a dos o cinco años) a quienes se desempeñan en entidades como la Fiscalía Nacional Económica, el Servicio Nacional de Aduanas, la Dirección del Trabajo, el Servicio de Impuestos Internos (SII), la Unidad de Análisis Financiero (UAF), la Defensoría Penal Pública y las diversas superintendencias, entre ellas la Superintendencia de Casinos de Juego, cuyo cargo de director está vacante desde hace más de 9 meses, y será llenado con un concurso público por la Alta Dirección Pública. En el Servicio de Aduanas el cargo está vacante desde septiembre y también será llenado antes de fin de año.
Prohibición de trabajo o participación
Los exfuncionarios no pueden prestar servicios (ni siquiera de forma gratuita) ni adquirir participación en la propiedad de empresas (incluyendo aquellas del mismo grupo empresarial) a las cuales hayan controlado, supervisado, o con las que hayan negociado, firmado contratos o propuesto decisiones directas mientras ejercían en el cargo público.
Nuevas propuestas
Los últimos gobiernos han impulsado iniciativas para ampliar estas restricciones a más cargos de exclusiva confianza, ministerios, subsecretarías, jefes de servicio e incluso parlamentarios, además de proponer inhabilitaciones por hasta 5 años para asumir como directores de empresas públicas o sociedades con participación estatal
Para garantizar la probidad y la transparencia en la función pública se informó de los proyectos de ley Lobby 2.0 y de regulación de la llamada "puerta giratoria".
Ambos proyectos incorporaron medidas para implementar lo establecido en la Estrategia Nacional de Integridad Pública (ENIP), además de recomendaciones internacionales, como las entregadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Estas iniciativas han sido discutidas en el Congreso Nacional y se hacen cargo de lo establecido en nuestra Estrategia Nacional de Integridad (ENIP), y recomendaciones internacionales realizadas por la OCDE. Ambas buscan prevenir conflictos y regular traspaso de autoridades del sector público al sector privado, además de otorgar herramientas adecuadas para velar que ciudadanos y ciudadanas tengan toda la información posible al respecto de las decisiones que toman las autoridades".
En general, ambas normas buscan prevenir los conflictos de intereses y establecer nuevas inhabilidades e incompatibilidades en el ejercicio de la función pública.
Detalle del proyecto de ley Lobby 2.0
Se crea un nuevo estatuto de representantes de intereses
Se elimina la distinción entre “lobbista” y “gestor de interés particular”, creándose un concepto único de “representante de intereses”.
Se crea la categoría de representantes calificados de intereses. Son las personas naturales o jurídicas que hayan sostenido al menos siete audiencias o reuniones de lobby en un semestre.
Se establecen deberes adicionales para representantes calificados de intereses. Deberán transparentar información y reportar al Consejo para la Transparencia.
Se establecen “periodos de enfriamiento” y reglas de “puerta giratoria”. A los sujetos pasivos se les prohíbe desarrollar actividades de lobby ante la institución en que desempeñaron funciones, o las entidades que dependieran de ésta, por el plazo de dos años contados desde la fecha en que hayan cesado de sus cargos.
Ampliación del concepto de lobby y las actividades que lo comprenden
Las acciones de intermediación son consideradas lobby. Dentro de la definición de lobby, se incluirán las acciones para conseguirle una audiencia u otro tipo de contacto con un sujeto pasivo.
La influencia ejercida sobre los nombramientos políticos es considerada lobby. Se señala que el ejercicio de influencia sobre designaciones o aprobaciones de nombramientos de personas para cargos públicos en los que intervenga el Senado o la Cámara de Diputadas y Diputados constituye lobby.
Se restringe el catálogo de excepciones a la ley. Se elimina de la excepción de las invitaciones que extienda centros de estudio y otras entidades a funcionarias o funcionarios de órganos del Estado. Hoy se excluyen de la ley, pero ahora deberán registrarse.
Control y sanción a los sujetos activos
Se hace efectiva la persecución por omisión inexcusable o entrega de información incorrecta o falsa.
Se establece un régimen sancionatorio a cargo del CPLT para los deberes adicionales de representantes calificados de intereses. Se establece una multa de 10 a 50 UTM, imponible mediante un procedimiento sancionatorio a cargo del CPLT.
Los casos de la Superintendencia de Casinos de Juego y del Servicio de Aduanas
A partir de la decisión del ministro de Hacienda, Jorge Quiroz que le solicitó la renuncia a la directora nacional del Servicio Nacional de Aduanas (SNA), Alejandra Arriaza, el 2 de septiembre de 2026 se inició una lucha por llegar a ese cargo que será llenado por la Alta Dirección Pública antes de fin de año.
Arriaza había obtenido ese cargo por la Alta Dirección Pública en el gobierno de Boric y fue destituída por un informe de la Contraloría General de la República (CGR), que reveló deficiencias graves en los procesos de fiscalización, control de contenedores, ciberseguridad y gestión de equipos tecnológico-aduaneros como camiones escáner.
A partir del concurso para llegar a ese cargo, se han presentado, según han dicho a Cambio21, varios Agentes de Aduanas y exjefes del mismo servicio aduanero que tienen problemas con la denominada "puerta giratoria".
Tras la salida de Arriaza, asumió de manera interina la subdirectora jurídica del organismo, María Jazmín Rodríguez.
El caso de la Superintendencia de Casinos de Juego
Hace algunos días, Cambio21 recibió información sobre un caso en la Superintendencia de Casinos de Juego. Se trata del exfiscal de la empresa Dreams, Carlos Silva, del mayor holdings de casinos del país que se fue de esta empresa hace sólo semanas.
Datos de la propia superintendencia, señalan que su nombre vuelve a circular en los pasillos de la administración pública como postulante para el más alto cargo en la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ).
La acción buscaría instalar a un ex alto ejecutivo en el mismo ente estatal encargado de regular y fiscalizar a la compañía que le pagaba el sueldo hasta hace unas semanas
Desde la superintendencia aseguran que este es un caso de manual de la llamada "puerta giratoria". Si bien Silva cuenta con experiencia técnica innegable —ya que fue fiscal de la propia Superintendencia antes de saltar al mundo privado—, su postulación plantea un conflicto de interés que compromete la credibilidad del regulador.
De ser seleccionado, tendría la facultad legal de dictar normativas, auditar y sancionar a Dreams, su empleador de ayer.
Y se entrega otro antecedente crítico: Durante el período en que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) acusó a Dreams, Enjoy y Marina del Sol de operar como un cartel para amañar las licitaciones de casinos a nivel nacional, Silva ejercía como el máximo responsable legal de Dreams.
El proceso de selección se encuentra ahora bajo un estricto escrutinio. La decisión final de las autoridades no solo definirá el liderazgo técnico de la Superintendencia de Casinos de Juego, sino que pondrá a prueba los filtros éticos del Estado.
