La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $540 millones a los familiares de tres víctimas que fallecieron el 27 de febrero de 2010, en el tsunami que afectó el borde costero de la ciudad de Talcahuano.
De forma unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal del país confirmó la sentencia impugnada,según Emol, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que estableció la responsabilidad del Estado por falta de servicio en la muerte de María Hidalgo Mora, Rosa Azocar Espinoza y un menor de tres años.
En esa línea, el fallo sostiene que "las autoridades encargadas de la protección de la población no sólo no ordenaron una evacuación de la población, sino que, por la inversa, entregaron información errónea en cuyo mérito llamaron a las personas a mantener la calma y a permanecer en sus casas, pese a la existencia de un cúmulo de antecedentes que aconsejaban hacer lo contrario".
Asimismo, la resolución firmada por los ministros Sergio Muñoz, Juan Eduardo Fuentes, Arturo Prado y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Pedro Pierry, agrega que "resulta evidente que "al obrar del modo en que efectivamente lo hicieron, la institucionalidad encargada de hacer frente a esta clase de calamidades no operó de la forma que era esperable, de modo que resulta forzoso concluir que los organismos de la Administración del Estado actuaron deficientemente, con una evidente falta de diligencia funcional, incurriendo así en la falta de servicio que les imputan los actores".
En ese sentido, según el documento, los familiares de las víctimas fundaron la acción judicial en que durante la madrugada del 27 de febrero de 2010, tras ocurrido el terremoto, "los agentes estatales descartaron todo peligro de tsunami, instando a la población a la cama, y que regresaran a sus hogares", sin embargo "el mar arrasó con la Población Santa Clara de la comuna de Talcahuano, produciendo la muerte de las señaladas víctimas".