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La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó este sábado la prisión preventiva del teniente del Ejército, Javier Alejandro Santander Castellón, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de tortura. Ilícito perpetrado en octubre del año pasado, en el sector Los Pinos de la comuna de Collipulli.
En fallo unánime (causa rol 571-2021), la Sala de Turno del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada el pasado 24 de mayo por el Juzgado de Garantía de Collipulli, que decretó el ingreso en prisión preventiva de Santander Castellón, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de las víctimas.
“Con mérito de lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Corte estima que se cumplen los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la letra c) de la misma norma legal, se estima que la libertad del imputado JAVIER ALEJANDRO SANTANDER CASTELLÓN constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la gravedad de la pena asignada al delito y la imposibilidad de que en el evento de ser condenado pueda ser objeto de las penas sustitutivas, de aquellas previstas en la ley 18.216, en todo lo demás esta Corte hace suyos los argumentos de la resolución de primera instancia”, consigna la resolución.
Por tanto, resolvió que: “SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, respecto del imputado JAVIER ALEJANDRO SANTANDER CASTELLÓN. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital”.
Según el ente persecutor, en horas de noche del 13 de octubre de 2020, cinco jóvenes mapuches –tres varones y dos mujeres– concurrieron hasta el sector Los Pinos, comuna de Collipulli, lugar donde fueron abordados por una patrulla del Ejército, a cargo del teniente Santander Castellón e integrada por otros 10 efectivos del Ejército, quienes se movilizaban en un camión militar, en horario de toque de queda.
Una vez en el lugar, los efectivos militares, actuando conjunta y coordinadamente y abusando de sus cargos, descendieron del vehículo portando armas de fuego con las que apuntaron a las víctimas, obligándolas a lanzarse al suelo con las manos en la nuca, insultándolos y maniatándolos con amarras plásticas.
Luego, los imputados procedieron a romper los vidrios y neumáticos de los dos vehículos en que se movilizaban las víctimas, propinaron golpes a los detenidos, los pisotearon e insultarlos por ser de la etnia mapuche, amenazándolos con matarlos si se movían.
Posteriormente, los militares obligaron a las víctimas a subir al camión castrense, ordenándoles a viva voz tenderse boca abajo, cargando con los pies los cuerpos de los jóvenes, a quienes trasladaron hasta un predio forestal, ubicado en un sector despoblado distante a 2,5 kilómetros, donde les ordenaron descender del camión y lanzarse al suelo. Posición donde los rociaron con un líquido, presumiblemente un acelerante, señalando uno de los soldados: “hay que quemarlos”.
Finalmente, estando las víctimas de espalda y maniatadas, los militares realizaron un simulacro de fusilamiento, procediendo a “pasar bala” para, finalmente, cortar las amarras plásticas de las muñecas de los jóvenes mapuches, ordenándoles no mirarlos o, de lo contrario, los matarían; en tanto, uno de los soldados les quitó los teléfonos celulares, aparatos con los que procedieron a retirarse del predio en el vehículo militar dejando abandonadas a las víctimas, tres de las cuales, los varones, resultaron con múltiples lesiones.
De los 10 militares, la Justicia decretó prisión preventiva para nueve de ellos por torturas, un delito que se pena con entre cinco y 10 años de cárcel, y estableció un plazo de tres meses para la investigación.