Foto: Parte del Partido Republicano en el Consejo Constitucional
El Consejo Constitucional aprobó la propuesta que exige un 5% de votos para que partidos políticos tengan representación en el Congreso.
La propuesta de una nueva Constitución va tomando forma, con varias aristas que generan revuelo y dan mucho de qué hablar en diferentes ámbitos. Ahora, se resolvieron aspectos plasmados en los Capítulos III y IV.
Respecto a la disposición y representación política, los consejeros admitieron el inciso 1 del Artículo 44 que señala que “la Constitución garantiza el pluralismo político“.
“Los partidos políticos gozarán de libertad para definir y modificar sus declaraciones de principios, programas y acuerdos; para presentar candidatos en las elecciones y, en general, para desarrollar sus actividades propias en conformidad a la ley en concordancia con lo establecido en el artículo 81 de esta Constitución”, son otros de los puntos que se detallan.
En tanto, el inciso 1 también especifica: “Los partidos políticos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella, serán declarados inconstitucionales”.
Por su parte, el inciso 3 tuvo un apoyo transversal. Este detalla: “Los partidos políticos deberán adoptar mecanismos de dirección y supervisión para prevenir infracciones a la probidad y transparencia, en conformidad con la ley institucional”.
Artículo del 5%
Además de los incisos que dictan características y funcionamientos para los partidos políticos, el Consejo Constitucional también abordó la forma de representación de estos en el congreso.
Con los votos de Republicanos y Chile Vamos, los consejeros aprobaron el artículo que establece: “Sólo los partidos políticos que alcancen, al menos, un 5% de los votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados tendrán derecho a participar en la atribución de escaños“.
Esto significa un gran cambio en el sistema tal y como lo conocemos ahora. Bajo la visión de sus adherentes, esto terminaría con la fragmentación excesiva en el Parlamento.
Asimismo, se estipula que: “Los votos obtenidos por los partidos políticos que no obtengan escaños, conforme a las reglas anteriores, se asignarán a los partidos del pacto que sí cumplan con los requisitos para integrar la Cámara de Diputadas y Diputados, de manera proporcional al número de votos obtenidos por ellos en el respectivo distrito electoral”.
Las votaciones en el pleno, seguirá con el resto de normas del capítulo 4 el día lunes 25 de septiembre, donde se discutirá la posibilidad de reducir la cantidad de diputados de un total de 155 -actualmente- a 138.