Reforma fue ingresada con la candidata presidencial, senadora Ximena Rincón.
Lo anterior, con el objeto de “asegurar la subsistencia de los y las chilenas en tiempos tan difíciles como el que estamos viviendo, evitando que queden excluidos ante medidas y políticas públicas como las actuales, con excesiva focalización, innumerables requisitos para acceder a las ayudas y una brecha digital que muchas veces hace imposible poder postular a los apoyos del estado. Esta reforma es de toda justicia y esperamos su unánime aprobación”.
Así lo señalaron los diputados DC Daniel Verdessi, Matías Walker e Iván Flores, quienes anunciaron la reforma junto a toda la bancada y a la candidata presidencial de la DC, Ximena Rincón.
La reforma ingresada fue conversada entre los diputados DC y la candidata presidencial Ximena Rincón, estableciendo una modalidad de trabajo de coordinación para enfrentar las urgencias y demandas del país, especialmente en lo que se refiere a la pandemia y a la reactivación económica y social.
Al ingresar la reforma, el diputado Matías Walker señaló que “la bancada de diputados DC ha ingresado esta reforma constitucional que establece el concepto de renta básica universal, para que cada vez que exista estado de catástrofe por pandemia automáticamente se active un mecanismo de protección, sin letra chica, para que las familias puedan recibir este financiamiento. El detalle será regulado por ley, de iniciativa del Presidente, de manera tal que nadie pueda reclamar ante el Tribunal Constitucional; será de manera permanente, como concepto permanente en el capítulo de deberes y derechos constitucionales “.
Al respecto, la senadora Rincón, junto con señalar que el estado no ha logrado llegar a tiempo y como corresponde para apoyar a las familias, abogó por avanzar en una serie de medidas que colaboren en la reactivación del país post pandemia y en el apoyo urgente para las personas afectadas. Rincón recalcó la necesidad de terminar con las exenciones y abogó por justicia tributaria.
“Los costos de la pandemia han sido asumidos por las personas. De cada cuatro pesos que ha significado esta pandemia, tres han venido de los bolsillos de los y las trabajadoras del país, ya sea de sus ahorros, o por concepto de seguro de cesantía o por el primer y segundo retiro. Ahorros de las personas. Esto significa que el costo de la pandemia ha sido sostenido por hombres y mujeres del país. El gran desafío es qué vamos a hacer post pandemia; cómo vamos a enfrentar lo que va a significar para Chile está situación económica”.
La reforma señala que “El presidente de la República deberá ingresar al Congreso, dentro de 15 días desde la publicación de la presente reforma constitucional, un proyecto de ley en el que establecerá la renta básica y universal de emergencia a la que hace mención el artículo 19 número 10 de la constitución política de la república, el que no podrá establecer criterios de focalización socioeconómica que excluya de ésta renta básica universal de emergencia a más del 10% de la población nacional”.
La reforma señala en sus argumentos que “las políticas públicas ,implementadas hasta el día de hoy para mitigar los efectos adversos generados por la pandemia, no sólo han sido insuficientes para lograr su propósito, sino que han evidenciado un Estado desactualizado e incapaz de satisfacer las necesidades de sus ciudadanos, y un gobierno derechamente tacaño para con sus habitantes.
Por último, y en directa relación con lo planteado, las y los parlamentarios que suscribimos esta iniciativa pretendemos, en el uso de nuestras facultades conferidas por la constitución, realizar una reforma constitucional que establezca como derecho una renta básica universal de emergencia, que permita la subsistencia en tanto dure el estado de excepción constitucional de catástrofe por pandemia, y que logre realmente llegar de manera universal y automática a las familias de nuestro país, generando un verdadero escudo social protector de nuestros ciudadanos. ”
Proyecto Reforma Constitucional
1. Artículo primero: Agréguese un nuevo numeral 10 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, pasando el numeral 10 a ser 11 y así sucesivamente, del siguiente tenor:
“El derecho a recibir del estado una renta básica y universal de emergencia, que permita su subsistencia en caso de decretarse un estado de excepción constitucional de catástrofe por pandemia.”
2. Artículo segundo: Modifíquese el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de la República de la siguiente forma:
a. Intercálase el numeral 10 a continuación de la expresión “9° inciso final,”
b. Reemplázase los numerales “11º,12º, 13º, 15º, 16º” por “12°, 13°, 14°, 16°, 17°”
c. Reemplázase los numerales “19º, 21º, 22º, 23º, 24°, y 25º” por “20°, 22°, 23°, 24°, 25°, y 26°”.
3. Artículo tercero: Agréguese una disposición transitoria número cuadragésima novena transitorio del siguiente tenor:
“El presidente de la República deberá ingresar al Congreso, dentro de 15 días desde la publicación de la presente reforma constitucional, un proyecto de ley en el que establecerá la renta básica y universal de emergencia a la que hace mención el artículo 19 número 10 de la constitución política de la república, el que no podrá establecer criterios de focalización socioeconómica que excluya de ésta renta básica universal de emergencia a más del 10% de la población nacional”.