Foto: Rodrigo Galilea, senador, presidente de RN
El Tribunal Electoral Regional (TER) de O’Higgins rechazó la reclamación que presentó Renovación Nacional (RN) en contra de la resolución del Servicio Electoral (Servel), que -a su vez- rechazó la inscripción de 122 candidatos a Concejales.
RN no pudo inscribir a los postulantes a Concejales en la región de Los Lagos, Metropolitana y O’Higgins, siendo esta última la zona más afectada, con más 80 perjudicados.
En RN señalaron que el pasado lunes 29 de julio, cuando estaban en la última etapa del proceso, al filo de la hora del cierre del plazo -a las 23:57 horas- mientras inscribían a los 1.800 candidatos a concejales, el sistema “se pegó”.
Según dicen en el partido de oposición, lo ocurrido fue certificado con un notario que estaba en la sede, justamente para certificar el proceso, quien tomó fotografías como respaldo.
No obstante, el Servel rechazó dar un plazo adicional para subsanar los errores administrativos, tal cual lo hizo en enero de 2021 con la declaración de candidaturas a Convencionales Constituyentes y Municipales.
Este último organismo señaló que “el sistema estuvo disponible para la habilitación de postulantes y declaración de candidatos hasta las 24:00 del día 29 de julio, sin reportar ninguna caída”.
Por su parte el TER indica que “se puede concluir que la situación descrita en su presentación ha sido consecuencia de su propio descuido o impericia, al argumentar que el problema se suscitó a las 23:58 horas, del día 29 de julio de 2024, es decir, a dos minutos de vencer el plazo establecido por el legislador, considerando el número de 94 concejales por los que reclama en estos autos y, a su vez, al calificar al sistema web implementado por el Servicio Electoral de complejo y poco amigable”, según señala radio Biobío.
El tribunal señala que “se trata de candidaturas a concejales, que de acuerdo a la ley no se formalizaron en el plazo establecido para ello y, por consiguiente, mal podrían haber sido aceptadas o rechazadas por el Órgano Administrativo en lo Electoral, de manera que no puede ser objeto de reclamación”.
“Que, de otro lado, acoger la pretensión del reclamante significaría ampliar el plazo que la ley dispone para declarar las candidaturas a concejales y alcaldes, obligando al Servicio Electoral a evaluar y revisar cada una de estas en un período extraordinario, con lo que ya no solo se afectaría el calendario electoral, sino que, además, se establecería un verdadero privilegio a la mencionada colectividad política en desmedro del resto de los candidatos y partidos que cumplieron a cabalidad con todas las exigencias y fases que se definieron para esta elección”, señala el tribunal.
Esto último, “evidentemente, crea un escenario de inseguridad jurídica y viola el principio de igualdad ante la ley establecido en la Constitución Política, ya que el cumplimiento de las formalidades de inscripción no solo es un requisito legal, sino una necesidad para proteger la esencia de la democracia y asegurar que todos los candidatos compitan en igualdad de condiciones, reforzando así la confianza pública en el sistema electoral”.
“Se rechaza la reclamación de fojas 1 y siguientes, deducida en contra de la Resolución 0 N°78 del Director Regional del Servicio Electoral, de fecha 08 de agosto de 2024, publicada con fecha 10 de agosto de 2024, que acepta y rechaza declaraciones de candidaturas a los cargos de Alcalde y Concejales en las elecciones municipales 2024, por el abogado don Marcelo Brunet Bruce, en representación del Partido Renovación Nacional, por las candidaturas a concejales que se individualizan en la misma”, concluye el fallo.