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Emblemático caso del estallido social: Exteniente coronel de carabineros Claudio Crespo fue absuelto por disparos que dejaron ciego a Gustavo Gatica. Estuvo amparado por la legítima defensa dice tribunal

El cuarto tribunal oral en lo penal de Santiago absolvió al exteniente coronel Claudio Crespo por las agresiones que dejaron ciego al ahora diputado electo Gustavo Gatica durante una protesta ocurrida en noviembre de 2019.

La jueza Cristina Cabello se refirió al contexto donde ocurrieron los hechos señalando que “Gustavo Gatica se incorpora a la masa de manifestantes agresivos para participar activamente en el lanzamiento de piedras al personal policial”.

Cabello detalló que “el avance de la infantería empleando armas menos letales, escopetas y carabinas lanza gases, se tornó la única medida eficaz disponible para evitar en ese momento que los manifestantes, quienes avanzaban protegidos por las estructuras metálicas y escudos, coparan la posición policial durante la ventana de vulnerabilidad provocada por el abastecimiento del único lanza-agua cercano”.

“La realización de la remetida, ejecutada a 18:07 horas, con la escopeta antidisturbios y las carabinas lanzagases, se encontró plenamente justificada al amparo de la normativa vigente, circular 1832 y orden general 2635, y los principios de uso de la fuerza, configurándose como una respuesta táctica necesaria, proporcional y legal, ante una agresión ilegítima de carácter letal y la carencia momentánea de otros medios de disuasión”, explicó.

Respecto a la autoría del disparo desde el tribunal argumentaron que la prueba aportada permitió establecer “más allá de toda duda razonable, de que el disparo fue percutado por la escopeta que portaba el acusado”.

Según añadió, “la evidencia audiovisual es contundente para concluir que, al momento de la lesión de la víctima, ni Cárdenas ni Saldivia estaban disparando, por lo que resulta forzoso determinar que el único autor posible de esos disparos es el acusado”.

Desde el tribunal además abordaron la dirección del disparo, que de acuerdo a los querellantes habría estado dirigido al tercio superior del cuerpo, argumentando que “no es posible determinar con certeza cómo se comportan las postas al ser disparadas".

Es así como apuntaron que “la prueba aportada no permite formar convicción que el disparo que hirió al ofendido se realizó con infracción a los reglamentos tantas veces señalados, ni tampoco acreditan los reproches formulados en la acusación, por lo que no es posible atribuirle participación en calidad de autor de un delito de premios ilegítimos, como se pretendió por los acusadores”.

El Juicio
Fueron más de 330 las sesiones que tuvo el juicio por los hechos ocurridos el 8 de noviembre de 2019, y donde los querellantes buscaron convencer a las juezas Cristina Cabello, Carolina Herrera y el juez René Bonnemaison de que el responsable de las graves lesiones con las que terminó Gatica fue Crespo y no otro uniformado, como planteó la defensa de exuniformado.

A lo largo del juicio la defensa se centró en cuestionar los peritajes de la Fiscalía, señalando que no fueron concluyentes respecto de la participación de Crespo en el delito que se le imputa.

De igual forma cuestionaron el principio de objetividad de la Fiscalía, señalando que no se pidieron informes sobre el comportamiento de los manifestantes en la protesta donde Gatica terminó herido, ni tampoco de la conducta que este estaba teniendo previo a la lesión.

Cabe recordar que desde la Fiscalía se encontraban pidiendo 12 años de cárcel para Crespo por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves.