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Milicogate: Corte Suprema ratifica rechazo a ampliación del procesamiento contra excomandante en jefe del Ejército Juan Cheyre por 2 mil millones de pesos

La Corte Suprema ratificó la decisión de la Corte Marcial de rechazar la ampliación del procesamiento contra el excomandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, de $130 millones a $2 mil millones, en el marco del denominado caso fraude en el Ejército o Milicogate.

La decisión se tomó luego de que la instancia declarara inadmisible un recurso de queja presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra los ministros de la Corte Marcial, que había revocado la ampliación del procesamiento del uniformado.

En septiembre del año pasado, la ministra en visita, Ana María Osorio Astorga, notificó a Cheyre sobre la ampliación del procesamiento dictado en su contra por la exministra en visita Romy Rutherford.

La ampliación, dictada el 24 de octubre de 2022, acusaba al excomandante como autor del delito reiterado de malversación de caudales públicos entre marzo de 2002 y marzo de 2006.

El perjuicio total provocado ascendía a $2 mil millones de la época (equivalentes a 80.453 UTM), que en la actualidad corresponde a más de $5 mil millones.

También se dictó la ampliación del embargo de bienes de Cheyre por la suma total de $5.600 millones.

Sin embargo, la Corte Marcial revocó esta decisión, argumentando que “no se reunieron los antecedentes hasta ahora allegados al proceso, los requisitos que exige el artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, (…) se amplía el auto de procesamiento, de uno de septiembre de 2023”.

Posteriormente, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema contra los ministros de la Corte Marcial, argumentando que esta sentencia interlocutoria hacía imposible la continuación del juicio de Cheyre sobre los hechos consignados en el auto de procesamiento infundadamente revocado, consignó La Tercera.

No obstante, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja, señalando que la decisión de la Corte Marcial “no pone término al juicio ni hace imposible su continuación”, razón por la cual el libelo fue declarado inadmisible.