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Subsecretaria de DD.HH. y beneficios a reos de Punta Peuco: No debería considerarse arrepentimiento

La libertad condicional concedida por la Corte Suprema para siete condenados por crímenes de lesa humanidad que permanecían en Punta Peuco ha levantado mucha polvareda, incluso con el anuncio de una acusación constitucional en contra de tres ministros del máximo tribunal.

En ese contexto, la subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, evitó referirse al fondo de la decisión de la Corte, peor planteó que a su juicio, en este tipo de casos no es necesario el arrepentimiento para obtener este beneficio carcelario.

"A mí no me parece que el arrepentimiento pueda estar considerado dentro los requisitos para cumplir de otra forma la pena, porque, además, tampoco está considerado en ninguna norma de derecho internacional", dijo Recabarren en entrevista con La Tercera.

Según los informes de Gendarmería de los siete beneficiados, todos tenían conducta sobresaliente, pero en su mayoría no existía algún grado de arrepentimiento o responsabilidad por los crímenes de lesa humanidad a los que fueron condenados.

"En ninguna obligación que el Estado de Chile haya asumido ni ningún otro país, no existe una recomendación en torno a al arrepentimiento y en cuanto a qué podría considerar o qué sentido alcance puede tener ese arrepentimiento", añadió Recabarren.

Además, planteó que los condenados por delitos de lesa humanidad tienen mayores exigencias para obtener beneficios.

"Hoy tienen más exigencias; no por lesa humanidad, porque nuestra legislación no considera el tipo de lesa humanidad, porque esto fue ratificado en Chile a partir de 2009, pero hoy los delitos más graves tienen condiciones más exigentes (...). Lo que estamos discutiendo hoy es ver de qué manera, para el futuro, cambiar las distinciones entre delitos de lesa humanidad y delitos simples", enfatizó.