El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) declaró inadmisible la renuncia de Aldo Sanhueza, en la foto con José Antonio Kast, al Consejo Constitucional.
La renuncia de Sanhueza fue presentada el pasado viernes, luego de que fuera cuestionado tras conocerse que fue formalizado en 2019 por el delito de “graves ofensas al pudor”, revelación que, asimismo, lo obligó a renunciar al Partido Republicano en uno de cuyos cupos resultó electo el pasado 7 de mayo.
En su fallo, el Tricel negó la solicitud de Sanhueza por “carecer de competencia”, debido a que, según señala, “el sistema electoral chileno, en particular la Ley n°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, no se encuentra previsto un procedimiento de renuncia a una candidatura”.
Carmen Gloria Valladares, secretaria relatora del Tricel, afirmó que el tribunal, en sesión ordinaria realizada esta jornada, conoció la presentación realizada por Sanhueza.
“El Tribunal, luego de las deliberaciones correspondientes y del exhaustivo examen de los antecedentes, acordó en definitiva declarar inadmisible la presentación del señor Sanhueza por carecer este tribunal de competencia para pronunciarse sobre el particular”, indicó Valladares.
Al respecto, informó que se adopta esta decisión “toda vez que la institución de la renuncia que se pidió a este tribunal no está consagrado en las normas constitucionales o legales que son de orden público, y no estándolo, en consecuencia, necesariamente procedía que se declarara la inadmisibilidad de la presentación”.
Consultada sobre si Sanhueza debe asumir como consejero para poder presentar efectivamente su renuncia, Valladeres se limitó a señalar que “la ley establece que la renuncia, de conformidad al artículo 149 de la Carta Fundamental, es para los consejeros y consejeras”.
Asimismo, explicó que al declararse inadmisible la renuncia de Sanhueza, esta “se entiende por no presentada”.