En el Juzgado de Garantía de Arauco, en la región del Biobío, se formalizó a Jorge Escobar, tío abuelo del niño Tomás Bravo, por el delito de abandono en lugar solitario de un niño menor de 10 años con resultado de muerte.
Fue la jueza Perla Roa la que, tras dos años y cinco meses de conocido el hecho, formalizó a Escobar. Tras esto, se establecieron 45 días de investigación.
El abogado defensor de Escobar, Cristián Sleman, explicó: “La defensa pretendió debatir respecto a la ilegalidad de la formalización de don Jorge Escobar, atendiendo la última resolución de la Corte Suprema, pero el tribunal no acogió que la defensa se explayara o profundizara respecto a ese debate”.
“A nuestro juicio, hay vulneración de garantías al pretender formalizar a don Jorge Escobar por un nuevo hecho, encontrándose agotada la investigación”, agregó.
Sobre la misma imputación del delito de abandono de menores, Sleman explicó: El delito de abandono de menor requiere dolo para que este tenga como resultado la muerte. Acá la investigación ha sido categórica en establecer que eso está probado: no hay ninguna prueba que don Jorge Escobar tenía la intención de matar al momento de dejar resguardo al niño Tomás al momento en que desaparece”.
Así las cosas, el jurista precisó que se vulneran los derechos a ser juzgado en un plazo razonable y a la persecución de un solo hecho, pues esta “deviene de la principal”: “A nuestro juicio, no se parte de cero, porque es una investigación separada de la otra. Es una única investigación que se inició en 2021, que ya se encuentra vencida legalmente y como bien lo ha establecido la Corte Suprema, en este caso se han vulnerado los derechos fundamentales de nuestro representado, toda vez que se extendió el plazo legal y por tanto, que haya un atentado a ser juzgado en un plazo razonable”.
Las próximas acciones serán ir a la Corte de Apelaciones a que se conozca el recurso de apelación respecto al sobreseimiento definitivo, lo que podría tener efectos procesales. Por lo pronto, no se solicitaron medidas cautelares.