Oh I'm just counting

Empezó a funcionar el nuevo sistema de cobro a deudores de pensiones alimenticias

Entró en vigencia nuestra ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos. Una política para la mayoría de hogares en Chile, que son sacados adelante por mujeres", publicó la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, en sus redes.

La norma se aplica seis meses después de la puesta en marcha de un registro de deudores, el pasado 18 de noviembre, que según datos del Gobierno, en medio año de funcionamiento suma 80.074 inscritos, de los cuales 2.374 son mujeres (2,96 %) y 77.700 hombres (97,04 %), con una deuda total que supera los 90.000 millones de pesos (unos 112,6 millones de dólares al cambio de hoy).

Unas cifras que dan cuenta de la gravedad del problema y que, además, no incluyen a quienes no figuran en los registros porque no han sido demandados en los sistemas de justicia o no han reconocido legalmente a sus criaturas.

La ley establece un procedimiento de pago especial para el cobro de pensiones de alimentos, garantiza que el proceso de cobro "se realice con criterios de justicia y dignidad" y mejora el acceso a la información financiera de los deudores, según un comunicado difundido desde Presidencia.

Apenas se registra el pago pendiente de una sola mensualidad, la madre o persona cuidadora puede, desde hoy, solicitar a un tribunal que ordene la búsqueda de patrimonio del deudor a través de tres mecanismos: la retención de fondos que tenga en cuentas bancarias, en instrumentos financieros y de inversión, o en las cuentas de ahorro previsional voluntario.

En caso de acumular tres mensualidades de pensión de alimentos (totales o parciales, continuas o discontinuas) y no contar con fondos suficientes para saldar la deuda en las tres cuentas anteriores, el tribunal ordenará el pago mediante los recursos disponibles de las cotizaciones obligatorias de pensiones que en Chile gestionan administradoras privadas de fondos (AFP).

En el país suramericano los hijos tienen derecho a recibir la pensión de alimentos hasta los 21 años o hasta los 28, cuando se encuentren cursando estudios superiores, y se obtiene por parte del padre o madre que no tiene su tuición.