A dos semanas del 30 de septiembre, fecha en que expira el decreto que establece el estado de excepción constitucional con motivo del Covid-19, varios miembros del Gobierno se inclinan por no renovar la medida por sexta vez, y solo mantener la alerta sanitaria para continuar el combate contra el virus.
Según publicó El Mercurio, y tomando en cuenta la positiva y sostenida evolución de las cifras de la pandemia en el país, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, afirmó que "todo parece indicar que no sería necesario" impulsar una nueva prórroga.
De todas maneras, anticipó que "si no se llegase a renovar a fin de mes, porque los números así lo ameritan, porque efectivamente la situación sanitaria en Chile es bastante auspiciosa, esto no quita que no podamos recurrir al estado de excepción más adelante".
A su vez, el vocero de Gobierno, Jaime Bellolio, aseguró que "si tenemos las mismas cifras a finales de septiembre, no correspondería renovarlo".
Desde el Ejecutivo indican que el futuro de la medida se definirá "en los próximos días", en vista de que tanto el Bono Covid como el Ingreso Familiar de Emergencia están asociados a ella, aunque el Ministerio de Desarrollo Social confirmó que la entrega del IFE continuará, independiente de si se extiende o no.
¿Qué medidas se pueden tomar bajo la alerta sanitaria?
El propio ministro de Salud, Enrique Paris, coincidió con sus pares al manifestar que "como los números hasta el momento nos acompañan, lo más probable es que no se mantenga ni el estado de excepción constitucional ni el toque de queda".
Sobre lo que implicaría mantener solo la alerta sanitaria, la autoridad explicó que esta "nos faculta para tomar algunas medidas que tienen que ver con el manejo estricto de la pandemia", como por ejemplo, decretar cuarentenas individuales, mas no aislamientos comunales.
Además, bajo ella el Ejecutivo puede adquirir servicios para transporte aéreo y terrestre entre otros equipamientos, reconvertir camas en hospitales, coordinar con otros servicios públicos, contratar personal, etcétera.
Dicha medida también vence el 30 de septiembre, pero a diferencia del estado de excepción, el Gobierno no requiere que el Congreso apruebe su prórroga.