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Senado aprueba proyecto que prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas en eventos deportivos

La Sala del Senado despachó al Ejecutivo, para su promulgación como ley, el proyecto que establece nuevas y rigurosas normas en el etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas, tras aprobar el informe de la Comisión Mixta que logró zanjar las diferencias suscitadas entre ambas cámaras.

La iniciativa regula la publicidad que incentiva el consumo de alcohol; busca revertir el consumo de los menores de edad; incorpora, tanto en los envases como en la publicidad, leyendas que adviertan sobre los efectos del alcohol en la salud; y estimula el cumplimiento de las normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

Dentro de los principales alcances de la propuesta, destaca la prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas en eventos deportivos a nivel nacional, la que entrará plenamente en vigencia 36 meses después de que se haya dictado el reglamento respectivo.

Asimismo, se establece la obligatoriedad de poner una advertencia para todas las bebidas alcohólicas sobre 0,5 grados; que el tamaño del etiquetado sea del 15% del respectivo embalaje o envase; se regula la publicidad en TV y radio; y se prohíbe la publicidad en bienes de uso público, entre otras medidas.

En mayor detalle, el proyecto establece las siguientes disposiciones:

– Prohibición de la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras.

– Aumento, de 16 a 18 años, de la edad para ingresar a discotecas, cuando en ellas se vendan bebidas alcohólicas y obliga a acreditar edad con documento oficial, para ingresar a cualquier establecimiento en que se expendan bebidas alcohólicas.

– Obligación de etiquetar las bebidas alcohólicas y sus embalajes con una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo.

– Prohibición de toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público.

– Fijación de horarios para la publicidad de bebidas alcohólica en TV (entre las 22:00 PM y las 06:00 AM); quedando prohibida cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radios, entre las 16:00 y las 18:00 horas; en actividades deportivas (con excepción de mega eventos deportivos realizados en Chile) y en cualquier producto, publicación o actividad destinada, exclusivamente, a menores de edad.

– Los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, tales como camisetas y uniformes, y los objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas, no podrán contener nombres, logotipos o imágenes de marcas de bebidas alcohólicas.