El Servicio Nacional del Consumidor informó este jueves que exigirá al Banco de Chile y al BCI que devuelvan todo el dinero cobrado "indebidamente" a los consumidores morosos por gestiones de cobranza amparándose en la
Además, según indicó el organismo en un comunicado, se buscará el cese de esta conducta por parte de ambas instituciones, adecuándose a los estándares y límites que exige la Ley del Consumidor.
El director del Sernac, Lucas Del Villar, explicó que este tipo de cobros aplicados por estas entidades financieras "son graves, pues, además de estar limitados en la ley desde el año 1999, afectan a consumidores que ya están morosos y no están en posición de poder negociar".
"En la práctica este tipo de cobros aplicados indebidamente recargan aún más la mochila a consumidores que ya se encuentran en una situación complicada, pues detrás de una deuda impaga se esconden situaciones económicas difíciles, las que se han agravado producto de la pandemia. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto", dijo.
Según la investigación del Sernac, que incluyó acciones de fiscalización, se determinó que estas instituciones financieras incluyen en sus contratos una cláusula donde establecen que en caso de morosidad será de cargo del consumidor los "honorarios judiciales" en que incurra la empresa en caso de cobranza judicial.
En el caso del BCI, estos "honorarios" corresponden a un 15% del monto adeudado, mientras que en caso de Banco de Chile es entre 10% y 15% del total demandado, más gastos y costas judiciales.
El Servicio detectó que este cobro es aplicado cuando se celebran acuerdos extrajudiciales que ponen término al juicio de cobro y, por tanto, no son establecidos por el tribunal. A juicio del Sernac, la inclusión de esta cláusula y la aplicación de estos cobros no se ajustan a lo que establece la Ley del Consumidor y atentan en contra la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producen desequilibrio y perjuicio de los consumidores.
La normativa establece expresamente que las empresas sólo pueden cobrar los reembolsos por las gestiones efectivas de cobranzas extrajudiciales con topes. En efecto, se prohíbe desde 1999 cobrar montos superiores al 3%, 6% y 9% del total de la deuda y según una escala progresiva por tramos (sobre 50 UF, entre 10 y 50 UF y hasta 10 UF, respectivamente).
Cuando se trata de cobranzas judiciales, los montos por concepto "honorarios judiciales" que deben pagar los consumidores a las empresas se fijan una vez que concluye el juicio, los que son establecidos por el juez y no por las entidades financieras.
Operaciones y reclamos de los consumidores Según datos preliminares de los análisis realizados por el Sernac, sólo entre los años 2020 y 2021, BCI impuso este tipo de cobros son superiores a los 35 mil casos en que suscribió acuerdos extrajudiciales con los consumidores para poner término a la cobranza judicial; mientras que el Banco de Chile lo habría realizado en más de 20 mil casos entre 2017 y 2021.
Por consiguiente, los montos totales a restituir podrían llegar a varias decenas de millones de pesos. Ante dicha situación, el Sernac inició de oficio Procedimientos Voluntarios Colectivos con ambas entidades financieras, instancia donde exigirá que devuelva el dinero cobrado indebidamente a los consumidores, con los reajustes e intereses respectivos.
Además, se solicitará a las entidades adecuar sus contratos y prácticas a lo que establece la Ley. En caso de no lograr una propuesta satisfactoria de parte de las entidades bancarias, el organismo tomará las acciones que correspondan para defender los derechos colectivos de los consumidores que han sido afectados.
Por ende, a través de esta gestión extrajudicial se buscará corroborar que dicha compañía se ajustó correctamente a los estándares que establece la normativa. El Sernac sigue analizando este tipo de prácticas en la industria financiera, y en caso de detectar que otras instituciones están aplicando este tipo de cobros, tomará las acciones pertinentes.