Oh I'm just counting

Eran las carretillas, tonto (o de cómo no nos hemos fijado en el modo en que se calculan las pensiones). Por Dr. Patricio Basso, Ingeniero

Don Juan, un trabajador de una fábrica de carretillas, salía del trabajo todos los días con una carretilla llena de paja. Por cierto, el guardia, Don Pedro, revisaba cuidadosamente la paja para asegurarse que Don Juan no estuviese ocultando algo. Pasaron 30 años y Don Juan se pensionó. Le hicieron una hermosa fiesta de despedida. En un momento en que Don Juan estuvo a solas, Don Pedro se le acercó y le preguntó “Don Juan, ahora que ya jubiló, ¿me puede contar qué es lo que sacaba todos los días debajo de la paja?”. El viejo Don Juan lo quedó mirando y le dijo “Eran las carretillas, tonto”.
 
Posiblemente, usted se estará preguntando, “¿y qué tiene que ver esta historia con las pensiones”. Tiene mucho que ver, pues desde que se creó el sistema de AFP, hemos estado revisando la paja mientras las AFP sacaban las carretillas.
 
Creo que la mayoría de las personas no saben, con exactitud, cómo se calculan las pensiones. Intentaré explicar, del modo más sencillo que sea capaz, cómo determina las AFP las pensiones.
Al llegar a los 60 años, las mujeres, y a los 65 los hombres, pueden pensionarse. En realidad, esto es un mito. Si tiene suficientes ahorros en su cuenta individual, puede pensionarse antes y, por cierto, aunque cumpla esa edad, no está obligado a hacerlo.
 
Como la mayoría de las personas entienden perfectamente lo que es un crédito bancario -mal que mal la mayoría está sumamente endeudada-, vamos a interpretar la pensión como un crédito. Pero, en este caso, la AFP es la deudora, es decir le debe su dinero, el que usted ha logrado ahorrar durante su vida laboral. Cuando se pensione, usted está obligado, por ley, a otorgar un crédito la AFP para que le pague su dinero en varios años: esa será su pensión
 
Como ya se conoce el capital que la AFP le adeuda -su ahorro previsional- es necesario establecer el plazo en que le será devuelto y la tasa de interés que usted le cobrará a la AFP por este “crédito”. Aquí comienzan sus problemas. Usted no tiene derecho a fijar ni el plazo ni la tasa de interés pues la forma de definir plazo y tasa están establecidos en la ley que creó a las AFP.
 
En un crédito normal, el plazo queda fijo desde un principio, a menos que el deudor solicite -y el banco acepte- una renegociación del crédito. Lo usual, es que el deudor pida alargar el plazo para pagar cuotas más bajas. En el caso de las pensiones, el plazo se recalcula todos los años. Sí, leyó bien, el plazo para que le devuelvan su dinero no es fijo, sino que se alarga todos los años por mandato de la ley.
 
Aquí es donde aparecen las famosas tablas de mortalidad.
 
Una tabla de mortalidad es un instrumento que permite estimar cuantos años de vida le quedan a una persona, lo cual depende de su edad y de si es hombre o mujer. Esto es lo que se denomina, esperanza de vida. Por ejemplo, yo tengo 73 años y, de acuerdo con la tabla de mortalidad para los varones, me quedan 14 años de vida.
 
Como es obvio, nadie sabe cuando se va a morir -a menos que decida suicidarse- por lo que la esperanza de vida es solo una estimación que se calcula según a qué edad, en promedio, se mueren las personas que tiene una misma edad. En mi caso, se ha determinado que, en promedio, los hombres de 73 años se mueren alrededor de los 87 años, por suerte, no todos al mismo tiempo.
 
Volviendo al caso de las pensiones, si un hombre, digamos usted, se pensiona a los 65 años, de acuerdo con la tabla de mortalidad vigente, su esperanza de vida es de 20 años. Así, el “crédito” que usted, graciosamente, le otorgó a la AFP, se calcula a 20 años, es decir, la AFP debería terminar de pagarle su pensión cuando usted cumpla 85 años. Pero, para su desgracia, ello no es así, porque cuando usted cumpla 66 años, recalcularán la pensión con su nueva esperanza de vida. Así, cuando usted llegue a mis 73 años, le recalcularán la pensión hasta los 87 años…. y así sucesivamente, hasta que se muera, lo que necesariamente ocurrirá antes de cumplir su esperanza de vida. Si no entiende por qué nadie alcanza su esperanza de vida, no tiene importancia.
 
¿Qué pasa si usted tiene un crédito hipotecario, digamos a 20 años, y lo renegocia a 25 años? Lo que ocurre es que las cuotas que tendrá que pagar serán necesariamente más chicas. Eso mismo ocurre con su pensión. Como la AFP le “renegocia” el plazo todos los años, su pensión irá disminuyendo año tras año, que es lo que efectivamente ocurre en la modalidad de retiro programado.
 
Pero, aún falta por fijar la tasa de interés que usted le “cobrará” a la AFP. Pues bien, como ya le conté, usted tampoco fija la tasa de interés del “crédito” que usted le otorgó, en forma obligada, a su AFP. Esta tasa de interés la establece, por ley, la Superintendencia de Pensiones (SP) y se denomina tasa de interés técnico de retiro programado (TITRP). No entraré en detalles de cómo hace la SP para determinar la tasa de interés que usted le cobra a la AFP, pero nos baste con saber que actualmente es de un 2,9% anual.
 
En un crédito normal -en el cual no se recalcula el plazo todos los años- conocidos el capital (su ahorro), el plazo (20 años) y la tasa de interés (2,9%), las cuotas se calculan de modo que terminada de pagar la última cuota ya no quede deuda. Es obvio, pero más vale decirlo.
 
El problema es que sus ahorros, que aún están en poder de la AFP, continúan ganando intereses por la rentabilidad de los fondos de inversión. El único modo que el saldo final sea igual a cero, es decir que la AFP le pague todo su dinero en los 20 años, es que la tasa que se use sea igual a la rentabilidad del fondo de pensión donde usted tenga sus ahorros previsionales. Si tampoco entendió esto, no es grave, siempre que me crea.
 
Surge aquí un nuevo problema. Cuando usted se pensiona no se sabe cual va a ser la rentabilidad de su fondo de pensiones en los próximos 20 años. Entonces, es necesario estimar dicha rentabilidad para lo cual, usualmente, se observa cual ha sido la rentabilidad en los años pasados. Pues bien, la rentabilidad promedio de los fondos en los últimos 10 años fue de un 4,7%, mucho más que el 2,9% que establece la SP.
 
Ocurre que la SP ha definido sistemáticamente una TITRP (tasa de interés técnico de retiro programado) mucho más baja que la rentabilidad de los fondos de pensiones. El resultado es que la AFP le “paga” a usted lo que le
adeuda (la pensión) a una tasa del 2,9% anual, pero sus ahorros ganan una tasa mucho mayor: un 4,7% anual. Como la tasa a la que la AFP paga las pensiones es mucho más baja que la rentabilidad que obtienen sus fondos se produce, cada mes, una diferencia que hace que al final de los 20 años la AFP tenga en su poder un importante saldo de dinero, que por cierto sigue siendo suyo, pero que hubiese permitido que la AFP le pagara una pensión bastante mayor que la que le pagó.
 
Así, la AFP le paga menos de lo que sus ahorros le hubiesen permitido, en primer lugar, recalculando el plazo del “crédito” una vez al año, gentileza de las tablas de mortalidad y, en segundo lugar, pagando su pensión a una tasa de interés menor que aquella que obtienen sus fondos de pensiones, gentileza, esta vez, de la Superintendencia de Pensiones.
 
Pero el abuso no termina allí. Los muy creativos expertos en pensiones inventaron otro método adicional para pagarle pensiones más bajas. En efecto, también de acuerdo con ley, cada año, antes de recalcular su pensión, le sacan de su saldo ahorrado, un cierto monto que se obtiene de la aplicación de lo que la propia ley denomina un factor de ajuste que la ley define como “un porcentaje en el que se reducirá el retiro programado anual calculado en base al saldo de la Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias”. Si es complejo explicar cómo la SP calcula la TITRP, lo es mucho más explicar cómo se determina el factor de ajuste.
 
La trampita está en que cada recálculo no se realiza en base al saldo de su cuenta de capitalización, si no en base a dicho saldo menos el monto de la reserva acumulada, es decir que el capital con el cual la AFP calcula su pensión es menor al saldo que le adeuda. Es decir, lo único que iba quedando fijo del “crédito” que usted le otorgó a la AFP, el saldo de capital -pues ya aumentaron el plazo y disminuyeron la tasa- por este truco, también lo disminuyen. Excelente negocio, pero para la AFP que tendrá mas fondos para invertir.
 
Afortunadamente, hay un momento en que dejan de emplear el factor de ajuste, cuando su pensión llega a ser menor al 30% de su pensión inicial.
Lo importante es saber dónde quedó ese dinero que le sacan, una vez al año, de su saldo. Pues bien, el monto en el que se reducirá mensualmente su
pensión, a causa el factor de ajuste, se registra como reserva en su Cuenta de Capitalización Individual. Por lo menos la plata sigue siendo suya.
Supongo que a estas alturas usted se estará preguntando para qué se guarda el fondo de reserva si no se usa para pagar una mejor pensión. Pues bien, el monto acumulado de la reserva se liberará solo en los siguientes casos: a) Fallecimiento del pensionado causante. b) Cambio de modalidad de pensión y c) Cuando el pensionado comience a percibir Aporte Previsional Solidario (APS)
Veamos lo que significa cada una de estas situaciones. El “fallecimiento del pensionado causante” significa, simplemente, cuando usted se muera. Es decir, ese dinero ya no servirá para su pensión, sino para financiar las pensiones de sus sobrevivientes. Loable fin, salvo que usted lleva años recibiendo una pensión inferior a la que le hubiesen podido pagar.
 
El segundo caso, “cambio de modalidad de pensión” es un modo complicado de decir si usted decide cambiarse a una renta vitalicia. Para ello, usted debe entregar a la compañía de seguros todos sus ahorros y, por cierto, también su fondo de reserva que ha sido cuidado, con esmero, por su AFP para este fin.
En el tercer caso, si usted comienza a recibir el APS, se usan su fondo de reserva para financiar su propio APS, ese mismo que usted, ingenuamente, pensaba que se lo pagaba íntegramente el Estado.
 
Por si no lo sabe, o no lo recuerda, el APS es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez por debajo de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS). Cada vez estoy más convencido que el uso de tantas siglas tiene por objeto que el tema de las pensiones sea entendible sólo por unos pocos expertos. Vendría a ser parte de la paja que oculta la carretilla.
El APS acaba de ser subido, después de una batalla campal entre el gobierno y la mayoría de los parlamentarios, a $407.058 para personas entre los 65 y 74 años, $423.340 para quienes tienen entre 75 y 79 años y $488.469 para las personas mayores de 80 años.
 
Como su pensión ha ido constantemente bajando, lo más seguro es que a poco andar usted deba solicitar el APS, si es que no lo necesita desde el comienzo. Pero no vaya a creer usted que todos los pensionados tienen derecho a solicitar el APS. Solo pueden solicitarlo los mayores de 65 años que reciban una pensión de vejez o sobrevivencia inferior o igual a la PMAS y que integren un grupo familiar perteneciente al 60 % más pobre de la población. Las mujeres jubiladas entre 60 y 64 años, bien gracias.
 
En resumen, las AFP, amparadas en la Ley y con la ayuda de la Superintendencia de Pensiones, pagan pensiones mucho más bajas que las que podrían pagar gracias a las tablas de mortalidad, el uso de una tasa de interés muy por debajo de la rentabilidad de los fondos de pensiones y, por si eso no fuera suficiente, gracias a la aplicación del misterioso factor de ajuste que reduce el saldo sobre el que se recalcula, cada año, la pensión.
Ahora que hemos entendido, espero, las causas de las bajas pensiones, podemos pensar en qué se debería hacer para mejorarlas. Pues bien, es muy fácil. Basta con no usar las tablas de mortalidad, utilizar una tasa de interés que sea una estimación razonable de la rentabilidad futura de los fondos de pensiones y, finalmente, eliminar el factor de ajuste.
 
Estas tres simples ideas son la base de la propuesta que, junto a la Senadora Ximena Rincón, entregamos a la señora ministra del Trabajo, el pasado 22 de enero, propuesta que la ministra se comprometió a estudiar y que, esperamos, haga suya en marzo, incorporándola al proyecto de ley de pensiones que, ya aprobado por la Cámara de Diputados, comenzará a ser analizado por el Senado a vuelta de vacaciones.
 
En lo esencial nuestra propuesta es la siguiente:
1. Calcular las pensiones solo hasta los 85 años, es decir sin tablas de mortalidad. 2. A partir de los 85 años, las pensiones las pagará el estado 3. Utilizar una tasa que sea una estimación razonable de la rentabilidad futura de los fondos de pensiones 4. Eliminar el factor de ajuste.
La pregunta que surge de inmediato es, ¿cuánto le costará al estado financiar las pensiones a partir de los 85 años? Pues bien, mucho menos de lo que cuesta el proyecto de ley del gobierno.
Si desea profundizar en nuestra propuesta no dude en ingresar al siguiente enlace: http://bit.ly/2TIUHsj