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Caravana de la Muerte: Ex militares fueron condenados por matar a 28 personas en Calama

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto, condenó a 8 miembros del Ejército en retiro por los secuestros y homicidios calificados de 26 víctimas de la Caravana de la Muerte, fusiladas el 19 de octubre de 1973 en Calama.

En el fallo, el ministro condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton y Sergio Carlos Arredondo González a 20 años de presidio efectivo, como autores del delito reiterado de homicidio calificado de 21 detenidos, entre ellos el periodista Carlos Berger Guralnik, esposo de la actual diputada comunista Carmen Hertz. 

Además, Espinoza Bravo (brigadier en retiro quien posteriormente sería el subdirector de la DINA), Chiminelli Fullerton y Arredondo González deberán purgar 13 años de presidio, como autores del delito reiterado de secuestro calificado de otras 5 víctimas, cuyos restos aún no han sido encontrados.

Asimismo, el ministro Crisosto condenó a los exmilitares Carlos George Max Langer von Furstenberg y Hernán Rómulo Núñez Manríquez a penas de 5 años y un día y 3 años y un día de presidio, como autores de los homicidios y secuestros, respectivamente. En tanto, Víctor Ramón Santander Véliz deberá cumplir la pena de 5 años y un día, como autor del delito reiterado de homicidio calificado. 

En el caso de Emilio Robert de la Mahotiere González y Luis Felipe Polanco Gallardo, el ministro los sentenció a 10 años y un día de presidio, como cómplices de los delitos reiterados de homicidio calificado, más 5 años y un día de presidio, como cómplices de los secuestros calificados.

En la etapa de investigación el ministro Hernán Crisosto logró establecer que el 19 de octubre de 1973, funcionarios del Ejército, entre ellos el general Sergio Arellano Stark, actuando como oficial delegado del Comandante en Jefe de la Junta de Gobierno, arribaron en un helicóptero Puma en el Regimiento de Infantería N°15 de Calama. 

Tras llegar a esta unidad militar procedieron, junto a efectivos de dicho regimiento a retirar y sustraer, sin derecho ni decreto alguno, desde la Cárcel Pública de Calama a 26 personas que se encontraban detenidas por la autoridad militar, las que trasladaron a un sector desértico denominado Topater, lugar en que los mismos funcionarios que arribaron en el helicóptero, junto a efectivos del regimiento, utilizando armas de fuego los ejecutaron. 

En el aspecto civil, el ministro condenó al Estado de Chile a indemnizar a familiares de las víctimas con montos que van de los 10 a los 150 millones de pesos. En la mayoría de los casos el monto es de $100.000.000. En el de Carlos Berger, el fisco deberá pagar $150.000.000 a Carmen Hertz y $120.000.000 a su hijo Germán Berger Hertz.