El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago resolvió este jueves que el Ministerio Público y los querellantes deberán pagar un total de $40 millones como costas del juicio del Caso Pío Nono llevado a cabo en contra del carabinero Sebastián Zamora, quien fue absuelto de la acusación de homicidio frustrado de la fiscal Ximena Chong y del cargo de apremios ilegítimos del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
Tras más de tres horas de audiencia, los jueces Patricia Bründl, Erick Aravena y Claudia Morgado resolvieron que, por la complejidad del caso, la duración del juicio y la cantidad de evidencia material presentada, la fiscalía deberá pagar $25 millones y los siete querellantes, otros $15 millones.
Entre los querellantes estaban dos organismos estatales, el INDH y la Defensoría de la Niñez, que deberán pagar cerca de $2,1 millones cada uno. Los recursos fiscales que se desembolsarán superarán así los $29 millones.
La fiscal Chong, quien estuvo presente en la audiencia, y los querellantes, podrán apelar a la resolución.
El abogado Alejandro Peña, quien defendió a Zamora junto a los abogados Vinko Fodic y José Antonio Villalobos, valoró la resolución. “La defensa está satisfecha porque el tribunal oral reconoció la intensa y exitosa labor profesional desplegada por los abogados defensores”, dijo.
Los abogados estimaron que el caso en total costó más de $100 millones.
El pago de las costas fue uno de los puntos destacados de la sentencia de primera instancia en que Zamora fue absuelto. “Se condenará expresamente en costa a los acusadores por no haber tenido motivo plausible para litigar”, dijo la resolución de julio, luego confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
En su apelación al pago de costas, la fiscalía había acusado supuestos errores del tribunal de primera instancia. El fallo de la Corte fue así una segunda derrota para el Ministerio Público, luego de que fuera rechazado también su recurso de nulidad en el caso y la sentencia absolutoria quedara a firme.
La sentencia de primera instancia fue el desenlace de una causa que se remontaba al 2 de octubre de 2020, cuando Zamora persiguió durante una arremetida policial a un adolescente de 16 años, que esa tarde había golpeado un carro lanza aguas con un palo que —declaró—, encontró tirado en las protestas de Plaza Baquedano.
Zamora impactó al adolescente —que hoy tiene 21 años— en el puente Pío Nono, quien cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho. Quedó con un tec, una contusión en la base del pulmón derecho y ambas muñecas quebradas.
En la audiencia del 4 de octubre de 2020, la fiscal Chong lo formalizó por homicidio frustrado, cargo que mantuvo en la acusación, en que pidió ocho años de cárcel para el carabinero dado de baja por no reportar que en la arremetida portó una cámara personal.
“Se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsándolo de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río”, dijo en la acusación.
“No habiéndose probado el hecho objeto de la imputación, este tribunal ha resuelto por unanimidad absolver a Sebastián Nicolás Zamora Soto de las acusaciones presentadas en su contra”, dijo el veredicto del caso.
La resolución ocurrió tras un juicio marcado por las declaraciones de testigos presentados por la fiscalía, que evitaron afirmar que el carabinero arrojó al joven por el puente.
La víctima describió lo ocurrido como un “empujón con forma de agarre”, testimonio que los jueces consideraron contradictorio.
Zamora declaró que buscó atraparlo para detenerlo, y el tribunal atribuyó a un momento de “conmoción” su declaración inicial diciendo “lo maté”.
En la sentencia se reveló que la fiscal Chong formuló la acusación de homicidio frustrado pese a que el mismo día de la formalización la Policía de Investigaciones (PDI) entregó a la fiscalía un informe que no validaba su teoría del caso.
En septiembre, tras la absolución, Carabineros reintegró a Zamora a sus filas.