Oh I'm just counting

Congreso aprueba ley corta que prohíbe repartir utilidades a empresas que se acogen a protección laboral

Al igual como lo hizo ayer el Senado, esta tarde la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el informe de la comisión mixta que prohíbe que las empresas que busquen acogerse a la ley de protección de empleo puedan repartir utilidades. Esto, luego de la polémica generada por el reparto de dividendos en Concosud, mientras que una de sus filiales se acogió a la nueva normativa.

La Cámara aprobó la indicación por 128 votos a favor, 9 en contra y 12 abstenciones, por lo que la iniciativa se despachó a ley. En lo medular, el texto legal establece que "todas aquellas sociedades anónimas que se acojan a la Ley de Protección al Empleo no podrán hacer distribución de utilidades". Además, se introdujo una norma donde "los directores de las sociedades anónimas que se acojan a esta ley no podrán percibir dieta o remuneraciones superiores a los que establece el seguro de cesantía". Inicialmente, el Ejecutivo propuso una indicación que permitía repartir el mínimo legal de dividendos (30%), si es que la cantidad de trabajadores con contratos suspendidos representaba menos del 10% de la planilla, luego se rebajó a 5%, pero esa indicación fue rechazada.

Tras la votación, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, sostuvo que "Congreso acaba de aprobar ley corta de protección del empleo. Luego de una ardua e intensa discusión se despacha a ley proyecto que mejora la actual Ley 21.227, estableciendo mejoras en normas antiabuso, pago de cotizaciones, inclusión de territorios especiales, entre otras".