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Corte de Apelaciones rechaza recurso que buscaba que diario La Segunda se rectificara de titular "Exterminados como ratones"

Con fallo dividido Corte rechaza recurso que buscaba rectificación del Diario La Segunda por titular "Exterminados como ratones", publicado en 1975
 
La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo dividido, rechazó el recurso presentado por Viviana Uribe, a favor de su hermana Bárbara Uribe Tamblay, detenida desaparecida por agentes de la DINA en 1974, y el cual buscaba que el diario La Segunda se rectificara por el titular “Exterminados como ratones”, publicado el 24 de julio de 1975, para dar cuenta del exterminio de militantes del MIR fuera del país.
 
De esta manera, la Sexta Sala del tribunal de alzada capitalino, con los votos de las ministras María Rosa Kittsteiner Gentile y Gloria Solís Romero resolvieron rechazar el recurso dando cuenta en sus considerandos que  “Habiéndose efectuado la rectificación solicitada, incluso de forma más destacada que aquella del año 1975, toda vez que su publicación lo fue en las páginas centrales de la edición del 12 de noviembre de 2019, sumando a ello la misma publicación en la página web Emol de la misma fecha, esta Corte estima que se ha cumplido a cabalidad el objetivo perseguido, sin que dicha rectificación debiera hacerse completa en su portada como pretende la recurrente, toda vez que ésta, corresponde a una breve reseña de la noticia de sus páginas interiores”.
 
Prosigue el fallo “Que en consecuencia, no resulta comprobada la existencia de un derecho indubitado al que dar protección urgente, ni puede atribuirse ilegalidad o arbitrariedad a la conducta de la recurrida, ni es posible estimar vulneradas las garantías constitucionales que se dice violentadas, ni de ningún otro que merezca la protección constitucional que se impetra”.
 
En tanto, el voto de minoría fue pronunciado por la magistrada Jessica González, quien estuvo por acoger el recurso considerando que  “el artículo 19 N° 12 de la Carta Fundamental, obliga al medio periodístico a practicar una “rectificación”, la información que se entrega debe así indicarlo y, en el caso de autos, debía incluirse en la portada y en páginas interiores, pues así apareció en la edición del 25 de julio de 1975. En consecuencia, la recurrida debió informar al público que se estaba enmendando -por esa vía- una noticia absolutamente falsa y ofensiva, lo que solo se cumple realizándola en los mismos términos de la noticia original, tanto en visibilidad como en extensión, por cuanto con ello se cumple la solicitud de quienes se sienten perjudicados o afectados con la publicación periodística emanada de un medio de comunicación social".
 
Cabe recordar que tras una misiva enviada por Viviana Uribe y su abogado Nelson Caucoto, al director del diario La Segunda, en octubre de 2019, para que el medio emitiera disculpas públicas y rectificara el titular en cuestión, el vespertino procedió a realizar dos publicaciones en forma de rectificación. La primera, apareció en las ediciones de papel y digital del diario de 12 de noviembre de 2019, siendo su titular: “Corte Suprema confirma que joven matrimonio fue secuestrado por la Dina en 1974”.
 
Pese a ello, para el abogado recurrente de Protección Francisco Bustos, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados, si bien la rectificación hecha por el diario en dicha oportunidad  es un gesto valioso, a su juicio, no es suficiente “Creemos que si bien eso es valioso, una de las cosas  que se pidió claramente en la solicitud y que recoge el voto de minoría, es que queremos que también se rectifique el titular, y no estamos hablando de cualquier titular. Es probablemente el titular más ofensivo e infame de la dictadura por   lo que requiere un tratamiento especial, y eso es lo que estimamos que no está cumplido”.
 
En este sentido, Bustos,  informó que apelará del fallo ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema y no descarta acudir al Sistema Interamericano de Justicia.
 
De acuerdo a la información entregada por La Segunda, en su edición del 25 de julio de 1975, los hechos habrían ocurrido en Argentina, en presuntos enfrentamientos entre miristas, lo cual quedó desmentido con el fallo emitido por la Corte Suprema el 17 de septiembre de 2019, que condenó a miembros de la DINA como autores de secuestro y desapariciones forzadas de Bárbara Uribe y Edwin Van Yurick, ambos mencionados en dicho artículo periodístico y cuyos delitos ocurrieron en Chile, y no fuera del país, como lo informa el diario.
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