La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó este lunes la prisión preventiva para los cinco carabineros que fueron imputados por torturas, por los hechos ocurridos el pasado 21 de octubre en Plaza Ñuñoa contra Moisés Órdenes.
El tribunal de alzada consideró que el delito cometido por los cinco funcionarios policiales fue de “violencia innecesaria” y no de tortura contra el hombre que sufrió lesiones graves e incluso la pérdida de la visión en uno de sus ojos.
Ahora los carabineros investigados quedaron con las medidas cautelares de firma semanal y arraigo nacional, mientras continúa la investigación, que involucra a otros siete policías.
El abogado de uno de los funcionarios que fueron captados por una cámara de televisión mientras golpeaban a Moisés Órdenes, Jorge Villalobos justificó la decisión de la Corte de Apelaciones.
"Hay imágenes bastante claras de lo que ocurrió, pero no permitía configurar en ningún caso el delito de tortura, que era lo único, dado la gravedad de la pena, que estaba justificando la prisión preventiva que se había decretado, que es una medida extrema, y esa era nuestra lucha", dijo el abogado.