La Corte Suprema confirmó de manera unánime la condena a 10 años de cárcel para el oficial del Ejército (R) Cesar Manríquez en calidad de autor en los delitos de secuestro calificado de Juan Bautista Barrios Barros, Eduardo Enrique Alarcón Jara y Gumercindo Fabián Machuca Morales.
Manríquez cometió los ilícitos durante 1974, mientras era un agente de la policía política de la dictadura, la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), organización represora que, según describió el juez Mario Carroza, mantuvo durante su existencia una estructura debidamente organizada, jerarquizada, con medios propios como lo fueron diversos recintos de prisioneros que actuaron de forma clandestina.
Los secuestrados fueron derivados hasta el centro de tortura Londres 38, llamado Cuartel Yucatán, donde se mantuvo privadas de libertad y encerradas sin orden judicial a numerosas personas, con el solo propósito que fueran interrogadas bajo tortura. Se trató de la implementación de una política de Estado destinada a desarticular y exterminar a los integrantes de movimientos u organizaciones contrarias al régimen de Augusto Pinochet y la Junta Militar.
Las víctimas
Juan Bautista Barrios Barros era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y a sus 27 años fue secuestrado desde su hogar ubicado en la Villa Manuel Rodríguez, de Pudahuel.
Eduardo Enrique Alarcón Jara era militante del Partido Socialista, quien fue detenido el 30 de julio de 1974 desde su domicilio en la comuna de Santiago.
Por su parte, Gumercindo Fabián Machuca Morales, también socialista, fue detenido en su domicilio ubicado en pasaje Antofagasta de Peñaflor. Fue subido a una camioneta y parten con él con rumbo desconocido, “presumiblemente al ya referido recinto de Londres 38, ya que nunca más se le vio con vida”, señala el fallo.
Altos Mandos
En la causa, los agentes Ciro Ernesto Torré Sáez y Miguel Krassnoff Martchenko fueron condenados a 10 años y un día de presidio, como coautores de los delitos.
Torré falleció en septiembre de 2021, por lo que el máximo tribunal no emitió pronunciamiento respecto del recurso de casación en el fondo deducido por su defensa, ordenando la remisión de los antecedentes al juez de la instancia, quien deberá dictar la resolución que en derecho corresponda. En tanto, la defensa de Krassnoff Martchenko no recurrió, por lo que se mantiene a firme el fallo dictado en su contra.