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Fin al feriado bancario: Comisión para el Mercado Financiero dicta norma que suprime festivo para instituciones financieras

Después de más de un año de incertidumbre, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) confirmó la supresión del feriado bancario, que se solía celebrar el 31 de diciembre de cada año, en que las instituciones financieras no atendían público.

A través de un comunicado emitido este viernes 1 de agosto, el ente regulador informó que se emitió una norma que "introduce ajustes a la Recopilación Actualizada de Normas de Bancos (RAN), referidos a los canales de atención bancaria, según lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley General de Bancos, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley N°21.521 (Ley Fintec)".

"La norma incorpora los comentarios recibidos durante sus dos procesos consultivos y regula los aspectos de carácter imperativo contenidos en los referidos artículos 37 y 38 de la Ley General de Bancos", agrega.

Lo anterior tiene relación "al horario mínimo de funcionamiento de las sucursales, oficinas de apoyo y cajas auxiliares; la disponibilidad mínima de los sitios en Internet y aplicaciones de los bancos habilitados para efectuar operaciones del giro bancario; las condiciones mínimas en materia de atención al público; y los requisitos para el funcionamiento de sus canales".

Adiós al Feriado Bancario
En concreto, la CMF sostiene que con "la dictación de Norma de Carácter General N°543, comienza a regir la reforma legal contenida en la Ley Fintec que eliminó el feriado bancario del 31 de diciembre".

A comienzos de diciembre del año pasado, la propia CMF tuvo que salir a aclarar que este festivo especial se mantenía para el 2024, luego que se levantaran dudas al respecto por una interpretación de la Ley Fintec. Sin embargo, de aquí en más los bancos deberán atender el último día del año.