En el marco de una nueva conmemoración del Día Internacional de la Mujer, el Presidente Sebastián Piñera anunció este lunes el envío de un proyecto de ley que busca facilitar el cobro de las pensiones de alimentos.
Acompañado de la Primera Dama, Cecilia Morel, de la ministra de la Mujer, Mónica Zalaquett y el titular de Justicia, Hernán Larraín, el Mandatario dio a conocer la iniciativa que dificulta el acceso a beneficios del Estado para los deudores de pensiones de alimentos y la emisión o renovación de documentos como la licencia de conducir o el pasaporte.
"En Chile el 46% de las mujeres no convive con el padre de sus hijos y de estas mujeres 2/3 no recibe ninguna pensión de alimentos por parte del padre de sus hijos y tiene que enfrentar sola la crianza, la formación de sus hijos. Sin duda esta situación representa otra forma de violencia y de abuso contra las mujeres", sostuvo el Presidente.
Y agregó que "el objetivo central" de la iniciativa es "facilitar el pago de estas pensiones de alimentos y hacerles muy difícil la vida a los padres que quieran seguir evadiendo estas obligaciones".
Además, Piñera indicó que se enviará al Congreso una indicación para perfeccionar el proyecto de monitoreo telemático, con el fin de proteger a las víctimas de la violencia intrafamiliar.
El Mandatario realizó estas declaraciones durante la inauguración de un Centro Integral de la Mujer de la comuna de La Reina, iniciativa que se seguirá replicando en otros lugares del país.
"Yo hoy también quiero hacer un homenaje muy sentido a tantas mujeres que por la pandemia se vieron más damnificadas que los hombres (...) muchas más fueron las mujeres que perdieron su empleo, tuvieron que trabajar ya no doble, triple o cuatro jornadas, porque además de trabajar en sus hogares tenían que ayudar a sus niños en la educación, muchas para contar con las herramientas para aquello", expresó Morel.
En tanto, la ministra Zalaquett fue la encargada de entregar detalles del proyecto de ley por deudores de pensiones de alimentos.
Esto indicó, "viene a instalar un cambio de paradigma, estableciendo sanciones de forma tal que dificulta la vida del deudor, estimulándolo a pagar las pensiones de alimentos y alivianando la carga que recae sobre las madres".
En concreto, la iniciativa crea un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, donde estarán inscritas todas las personas que adeuden al menos 3 cuotas consecutivas o 5 discontinuas.
Dicha nómina estará a cargo del Registro Civil e Identificación. Este registro podrá ser consultado por toda persona con interés legítimo, es decir, deudo de alimentos, el hijo o hija, o representante legal y las personas o entidades obligadas a consultarlo, esto a través de los medios que brinde el Registro Civil.
La medida contempla pensiones a favor de los hijos e hijas hasta los 21 años, los 28 años si es que se encuentran estudiando o de cualquier edad si lo afecta una incapacidad física o mental que le impida subsistir por su cuenta o por circunstancias que determine un juez.
Las personas que figuren allí, estarán afectados por medidas como la retención de operaciones de créditos bancarios, siempre que sea por un monto superior a 50 UF; habrán retenciones en los procedimientos de ejecución, indemnizaciones labores y de la devolución de impuestos a la renta.
Además, se harán retenciones de los traspasos de bienes sujetos a registro y también beneficios sociales y para ser promovido en el Estado se deberá autorizar la retención de parte del empleador de un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos hasta extinguirla completamente. Junto a esto, habrá una retención en las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, para pagar los alimentos debidos.
Por otra parte, también se habrá retención de honorarios y pensiones, además el requerimiento de pago no podrá ser entorpecido por pagos parciales.
Con el objeto de simplificar y facilitar los procesos de cobro que son seguidos por los alimentarios, los tribunales con competencia en materias de familia deberán practicar de oficio y en forma mensual, sin necesidad de solicitarlo el alimentario, la liquidación de cada pensión de alimentos adeudada, con el objeto de incorporar al alimentante moroso en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que se crea. También se aplicará la retención de indemnizaciones por mes de aviso y años de servicio, esto también será requisito para adoptar a un niño, niña o adolescente y se debe informar ante una unión civil o matrimonio