Otro frente legal está por estallar en el caso de la exalcalde Karen Rojo, quien está recluida como reo rematada en la cárcel de San Joaquín después de su extradición de los Países Bajo
La defensa solicitará ante el tribunal que se reconozca como abono el período que Rojo permaneció privada de libertad en Países Bajos tras su captura, el 13 de julio de 2022, en Rotterdam, Holanda, así como el tiempo durante el cual se tramitó su extradición, invocando normas de derecho internacional y un precedente fijado por la Corte Suprema en un caso de alta connotación pública: el de Facundo Jones Huala.
La audiencia quedó fijada para este viernes y, según confirmaron desde el entorno de la exjefa comunal, el eje de la presentación será precisamente el reconocimiento del tiempo de encarcelamiento cumplido en Europa, el que, sostienen, debe descontarse de la condena que pesa sobre Rojo por fraude al Fisco.
El argumento no es nuevo. De hecho, fue expresamente reconocido por el propio Estado de Chile durante el proceso de extradición ante las autoridades neerlandesas.
En la respuesta oficial enviada por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Reino de los Países Bajos, Chile aseguró que Karen Rojo no cumpliría prisión preventiva una vez entregada, sino únicamente “el saldo de pena pendiente”, agregando expresamente que dicho tiempo “se computará restando al tiempo de reclusión el período que la extraditable haya cumplido de presidio efectivo en Países Bajos, con ocasión de la petición de extradición promovida por la República de Chile”.
Esa afirmación, que formó parte de las garantías entregadas por Chile para obtener la extradición, es hoy uno de los pilares de la estrategia jurídica de la defensa.
La apuesta de Karen Rojo encuentra sustento en un fallo dictado por la Segunda Sala de la Corte Suprema el 16 de agosto de 2024.
En esa oportunidad, el máximo tribunal acogió un recurso de amparo presentado por el activista mapuche Facundo Jones Huala y ordenó su libertad inmediata, concluyendo que la condena ya se encontraba íntegramente cumplida.
La Corte estimó que el tiempo que el dirigente mapuche permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de su extradición debía descontarse del saldo de la pena fijado por Chile. Tras efectuar ese cálculo, determinó que el condenado ya había cumplido completamente la sanción, por lo que mantenerlo encarcelado constituía una privación de libertad ilegal.
En esa línea, la Corte Suprema de nuestro país sostuvo que no podía desconocer las condiciones bajo las cuales obtuvo la cooperación internacional para concretar la extradición. En ese sentido, recordó que estos procedimientos se rigen por tratados internacionales y que el Estado requirente queda obligado por el saldo de condena informado al país requeri
Facundo Jones Huala es un activista de ascendencia mapuche que ha estado en el centro de conflictos territoriales tanto en Argentina como en Chile.
La nueva trama judicial por exalcaldesa Karen Rojo: invocarán caso del activista mapuche Facundo Jones Huala para rebaja de condena
