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Latam restituirá 4.835 millones en tasas de embarque a pasajeros que no viajaron

Un millonario acuerdo entre el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y la aerolínea Latam permitirá devolver poco más de 800 mil pesos a quienes compraron pasajes aéreos y finalmente no viajaron.

El caso se remonta a julio de 2019 cuando el Sernac ofició a las aerolíneas Latam, Sky, JetSmart, Aerolíneas Argentinas, American Airlines, Copa, Avianca e Iberia para lograr la devolución pagado por el concepto de tasas de embarque.

Fue así que en marzo de este año Latam y Sernac sellaron un acuerdo que está a la espera de la validación de la justicia y cuyos alcances fueron publicados hoy por La Tercera.

En concreto, el acuerdo beneficiará a los consumidores que no pidieron la devolución de los dineros de las tasas de embarque recaudados por Latam en pasajes vendidos directamente por el proveedor, es decir, en sus oficinas físicas, vía contact center y/o página web de la empresa.

Según el diario, el acuerdo beneficia a 379.193 consumidores por un monto total de 4.835 millones de pesos.

"El convenio considera una compensación por concepto de costo de reclamo, con la suma equivalente a 0,15 UTM (cerca de 12 mil pesos) que le corresponde a cada consumidor que reclamó ante el Sernac por problemas asociados a las tasas de embarque antes de la publicación de la propuesta", alcanzando una suma referencial de 847.839 pesos, dice el documento presentado en tribunales.

Sernac, en los documentos, afirmó que con esta acción "es posible sostener, fundadamente, que el monto que se restituirá al universo de consumidores afectados, definidos en el acuerdo, es proporcional al daño causado, toda vez que corresponde a la suma de dinero que efectivamente en su momento la línea aérea recaudó por concepto de tasas de embarque y que, con ocasión de no haber utilizado el boleto aéreo por el consumidor, ha procedido el derecho a solicitar la devolución".

"El proceso de identificación e información sobre devolución de tasas comenzará a ejecutarse transcurridos 240 días contados desde la fecha de la resolución judicial firme y ejecutoriada dictada por el tribunal que apruebe el acuerdo o desde el 2 de enero de 2021, lo que ocurra primero", puntualizó el acuerdo entre ambas partes.