Este lunes, el Poder Judicial dio a conocer el fallo unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Soledad Melo, Jessica González y Rafael Andrade– que resolvió condenar a los agentes Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 10 años y un día de presidio, como autores del delito de de homicidio calificado de Fernando Abraham Valenzuela Rivera, ocurrido en noviembre de 1974.
La resolución judicial del tribunal de Alzada revocó la de primera instancia que había absuelto a Espinoza Bravo La Segunda Sala consideró que Pedro Espinoza intervino en los hechos “en calidad de autor mediato en los términos del N° 2 del artículo 15 del Código Penal, del delito de homicidio calificado de Fernando Valenzuela Rivera, en tanto a la época de los hechos formaba parte del mando de la Dina, en especial de la Brigada de Inteligencia Metropolitana, bajo cuyo control y dependencia se encontraba la Brigada Caupolicán”.
Fernando Valenzuela Rivera.
Según los hechos establecidos en la sentencia, Espinoza Bravo, de acuerdo a sus propias declaraciones, se incorporó a la Dina, en su calidad de Oficial de Ejército, “bajo el mando de su Director Manuel Contreras, lugar donde se mantiene hasta diciembre de 1974. Reconoce que en octubre de 1974, es designado Subdirector de Inteligencia Interior en el Cuartel General de la Dina, y el 19 de noviembre de ese año, a cargo del Cuartel Terranova”.
Los ministros consideraron que las labores ejercidos por Espinoza son prueba clara de “la posición de mando en la Dina, y de superior respecto de las Brigadas de Inteligencia, desde donde se planificaba la represión y actos contra los opositores, específicamente la denominada Brigada Caupolicán, cuyo objetivo a la fecha de ocurrencia de los hechos, era combatir al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), entidad a la que pertenecía la víctima”.
En la parte civil, la Corte confirmó la sentencia contra el Estado de Chile solidariamente con y Krassnoff y Espinoza, de pagar la suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000) en favor de doña Eugenia Oriana del Carmen Illanes Pruneda y sesenta millones de pesos ($60.000.000) para cada uno de sus hijos, esto es Fernando, María Luisa y Juan Carlos, todos Valenzuela Illanes, más los reajustes e intereses determinados en la resolución.