El Pleno de la Convención Constitucional aprobó siete y medio de los nueve artículos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente, por lo que avanzarán al borrador de la nueva Constitución.
Una votación reivindicatoria para la mesa después del fracaso del primer informe, donde se aprobó solo un inciso de las 40 normas propuestas. Ante el traspié, se debió reformular la estructura de sus iniciativas y reducir de manera significativa su cantidad.
Las propuestas rechazadas fueron las relativas a los bienes naturales comunes y al acceso responsable a la naturaleza, las cuales serán sometidas a revisión. Además, durante la votación se aprobó un inciso propuesto por la convencional Cristina Dorador (MSC) que no surgió de la comisión de origen.
Entre los textos aprobados aparece el que reconoce los derechos de la naturaleza y el deber del Estado a garantizarlos. Con 110 votos a favor, 37 en contra y tres abstenciones, se validó que "la Naturaleza tiene derecho a que se respete y proteja su existencia, a la regeneración, a la mantención y a la restauración de sus funciones y equilibrios dinámicos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad".
También se aprobó con 106 votos a favor, 31 en contra y 16 abstenciones, la norma que reconoce a los animales como seres sintientes. "Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato", consigna el escrito.
Asimismo, se agregó una indicación que establece que “el Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales".
Respecto a los principios ambientales, se aprobó que "son principios para la protección de la Naturaleza y el medio ambiente, a lo menos, los principios de progresividad, precautorio, preventivo, justicia ambiental, solidaridad intergeneracional, responsabilidad y acción climática justa" (115-31-6).
Sobre el cambio climático, el Pleno dio luz verde a un inciso que consigna que "es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos, vulnerabilidades y efectos provocados por la crisis climática y ecológica" (133-4-5).
Otro texto aprobado indica que "el Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuadamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción" (104-23-24).
Además, se validó una clausula relativa a las restricciones a determinados derechos. "La Ley podrán establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente y la naturaleza”, indica (130-2-21).
En relación a la gestión de residuos, se aprobó que "es deber del Estado normar y fomentar la gestión, reducción y valorización de residuos, en la forma que determine la Ley" (138-0-15).
Finalmente, fue respaldado el artículo sobre democracia ambiental que establece el reconocimiento del "derecho de participación informada en materias ambientales. Los mecanismos de participación serán determinados por ley".
"Todas las personas tienen derecho a acceder a la información ambiental que conste en poder o custodia del Estado. Los particulares deberán entregar la información ambiental relacionada con su actividad, en los términos que establezca la ley", añade el documento (112-22-28).
Cabe señalar que la comisión aún debe tramitar normas de amplia complejidad, como el estatuto y propiedad de bienes naturales como el agua, además de la situación de los minerales que estén en territorio indígena.