Oh I'm just counting

Servicio de Evaluación Ambiental invalida proyecto minero de Compañía Minera Teck Quebrada Blanca en la región de Tarapacá

El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) resolvió iniciar el procedimiento de invalidación
administrativa de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del “Proyecto Minero
Quebrada Blanca Fase 2”, presentada por comunidades y organizaciones del Área de
Desarrollo Indígena “Jiwasa Oraje” Ecozona Matilla, en la Región de Tarapacá.

El pasado 10 de enero de 2019, el SEA publicó la resolución exenta que faculta el inicio del
procedimiento de invalidación administrativa contra el proyecto de la Compañía Minera Teck
Quebrada Blanca S.A.

Cabe señalar que el pasado 27 de noviembre de 2018, las organizaciones del ADI “Jiwasa
Oraje” Ecozona Matilla, presentaron la solicitud en contra de la Resolución Exenta No74, del
17 de agosto de 2018, emitido por la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá.

Esta última normativa calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto
Minero Quebrada Blanca Fase 2”.

Entre los argumentos para la invalidación destaca su consideración por parte de las
comunidades aymaras como acto de ilegalidad por el no cumplimiento del Convenio 169 de
la OIT, al no haberse efectuado el proceso de Consulta Previa Indígena, no existiendo
fundamentos concretos que expliquen tal exclusión.

A esto se suman los potenciales impactos ambientales-culturales que la construcción y
operación del proyecto puede producir a las comunidades, territorios y rutas de uso de
pastoreo de llamas y alpacas. El hábitat de estos animales estaría dentro del radio donde
operará el proyecto.

Catalina Cortés, representante territorial de la ADI Jiwasa, señaló que “acoger la nulidad
para nosotros es importantísimo puesto que es una señal de que el Estado de Chile está
avanzando hacia el respeto por los derechos fundamentales de los pueblos indígenas,
aprobar una RCA saltándose el deber de consultar a las comunidades es un gran error.

Esperamos el fallo sea favorable y de no ser así seguiremos hasta las últimas
consecuencias utilizando toda las estructuras legales para hacer valer nuestros derechos”.

Cabe señalar que la reciente resolución también confiere un plazo de diez días hábiles,
contados desde la notificación del presente acto administrativo, a la Compañía Minera Teck
para que se pronuncie respecto de la solicitud de invalidación presentada.