En uno de los casos, se trató de una menor que fue atacada sexualmente por su padrastro, resultando embarazada. Por esa razón, y con el consentimiento de su madre, la adolescente se realizó el procedimiento para interrumpir su embarazo, informa "El Diario de Atacama".
Sobreseen a médico que realizó dos abortos a mujeres que se embarazaron a causa de una violación
El Juzgado de Garantía de Copiapó sobreseyó a un médico ginecólogo que efectuó dos abortos a mujeres que quedaron embarazadas producto de una violación. En uno de los casos, se trató de una menor que fue atacada sexualmente por su padrastro, resultando embarazada.
Por esa razón, y con el consentimiento de su madre, la adolescente se realizó el procedimiento para interrumpir su embarazo, informa "El Diario de Atacama".
El segundo caso corresponde a una joven de 21 años, quien también fue violada y quedó en estado de gravidez. La joven se efectuó la intervención en una consulta privada, en 2014, pero al día siguiente acudió al Hospital Regional ya que se encontraba con dolor.
Allí debieron realizarle un nuevo raspaje y la mujer relató lo sucedido a Carabineros, quedando al descubierto el aborto.
Fue así como, en 2014, se inició la investigación por ambas causas en contra del profesional. Ésta culminó ayer con la decisión del tribunal de sobreseer al profesional, así como a la mujer adulta que se realizó el aborto.
La decisión del juzgado se basó en la nueva ley, aprobada recientemente, que despenaliza el aborto en tres causales, siendo una de ellas la violación.
Si bien los hechos ocurrieron en 2014 y la ley que despenaliza el aborto en tres causales se aprobó recién este año, el médico fue sobreseído en virtud del artículo 18 del Código Penal, que establece que "si después de cometido el delito y antes de que se pronuncie sentencia de término, se promulgare otra ley que exima tal hecho de toda pena o le aplique una menos rigorosa, deberá arreglarse a ella su juzgamiento".
Así lo explicó la abogada de la Defensoría Penal Pública, Marcia Guzmán, quien señaló que "se aplicó la nueva ley por el artículo 18 del Código Penal, se sobreseyó definitivamente la causa de ambos imputados, ya que los hechos no son constitutivos de delitos".