En medio de la votación por reajuste del sector público y la tensión que existe por los más de dos mil despidos en las últimas semanas (cinco mil en lo que va del año, según la ANEF), el Tribunal Constitucional (TC) echó por tierra lo que en 2014 había ratificado la Corte Suprema: que los funcionarios públicos tenían tutela laboral para la defensa de sus derechos fundamentales.
En una sentencia dividida, el TC hoy dijo lo contrario, señalando que esta tutela laboral no es aplicable a los funcionarios públicos (sí para los trabajadores regidos por el Código del Trabajo), por lo que estos no podrían denunciar ante tribunales, por ejemplo, despidos arbitrarios por razones políticas o acoso laboral,
Esta sentencia señala entonces que las denuncias por acoso laboral y despidos arbitrarios deberán canalizarse por medio de reclamaciones administrativas o recursos de protección, tal como se hacía antes del fallo del máximo tribunal.
La sentencia del TC se da luego que la Municipalidad de San Miguel presentara un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, producto de un proceso judicial en tribunales del trabajo y en la Corte de Apelaciones que habían dado en favor a una funcionaria de la entidad que reclamó despido arbitrario por opiniones políticas.
Este tema cobró relevancia dado las diversas demandas por despidos en el sector público al inicio del año 2010. En agosto de ese año la Contraloría General de la República emitió un dictamen sosteniendo que la tutela laboral no era aplicable a los trabajadores públicos, por lo que se inició la discusión y posteriormente los procesos judiciales.
De todas maneras, este proceso aún no cesa, y ahora deberá ser nuevamente la Corte Suprema la que se pronuncie en este caso, ya que el fallo se encontraba suspendido por la tramitación en el TC.