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Tribunales le dan un duro golpe a alcalde Mario Desbordes (RN): Ordenan embargo contra municipalidad de Santiago por no pagar clínica Sierra Bella que había comprado Irací Hassler

Foto: Mario Desbordes, actual alcalde de Santiago e Irací Hassler, exalcaldesa

El Vigésimo Juzgado Civil de Santiago dio un paso drástico en el prolongado conflicto por la compra de la ex Clínica Sierra Bella. El tribunal ordenó el embargo de bienes de la Municipalidad de Santiago tras un juicio ejecutivo iniciado luego de que la entidad edilicia incumpliera el pago a Inmobiliaria San Valentino SpA por la compraventa del inmueble. Además, la municipalidad instruyó la orden de no pago de un vale vista, lo que llamó la atención de especialistas en derecho mercantil y penal.

La historia se remonta a enero de 2023, cuando la compra fue firmada ante la 41ª Notaría de Santiago por $8.200 millones. Según la instrucción notarial, la municipalidad debía pagar mediante un vale vista inicial por $2.400 millones y otros dos desembolsos pactados. Sin embargo, el alcalde de Santiago, Mario Desbordes (RN), ordenó no cursar el pago pese a la inscripción de la compraventa a nombre de la institución, impidiendo que el Banco Santander liberara los fondos. Este acto no solo agravó la situación legal, sino que incrementó la deuda, que hoy supera los $9.300 millones, monto que sigue aumentando por intereses moratorios. En consecuencia, la decisión del alcalde no solo derivó en el embargo, sino que podría elevar aún más la cifra final, según consigna radio Biobío.

Ante el incumplimiento, Inmobiliaria San Valentino inició el correspondiente juicio ejecutivo en el ámbito civil, además de presentar una denuncia ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), solicitando un pronunciamiento sobre la actuación del banco y la orden de no pago emitida por la municipalidad.

Con el embargo ya notificado el martes 21 de octubre, la Municipalidad de Santiago enfrenta un escenario financiero y judicial complejo, especialmente tras dos fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago, el primero 3-0 cuando la Corte resolvió dejar fuera a los diputados Johannes Kaiser y Juan Irrarázabal, además de la propia Municipalidad.

Ese acto, derivó en que el 19° Juzgado ordenada la inscripción del inmueble al dar por subsanada la ausencia del rut de la entonces alcaldesa Irací Hassler (PC). Generando los efectos descritos.

Luego vino el 3-0 de la misma Corte que dio por cerrada la investigación penal que lideró el fiscal regional de Coquimbo, que tras dos años y medio, determinó que no se reunieron los antecedentes para establecer la existencia de un delito en la compra de la ex clínica Sierra Bella.

Banco Santander

Radio Bío Bío consultó al área legal del Banco Santander. En distintos comunicados, la entidad reconoció primero que fue la Municipalidad de Santiago la que ordenó no pagar el documento, pese a que el vale vista había sido tomado y entregado por instrucción notarial.
Santander señaló que “el 23 de septiembre pasado, la I. la Municipalidad de Santiago, cliente del banco por más de diez años, instruyó la orden de no pago de dicho vale vista, en el marco de una demanda de nulidad del contrato de compraventa asociada al documento, presentada ante el 19° Juzgado Civil de Santiago”.

El banco añadió que, al revisar el documento detectó supuestas irregularidades: “Se constató que éste no se encontraba debidamente endosado, por cuanto sólo aparece una persona firmando el endoso, lo que no cumple con las prácticas habituales de representación conjunta de la municipalidad ni con los poderes informados a esta institución bancaria. Por lo tanto, considerando lo anterior y la excepcionalidad de la solicitud, el banco decidió no proceder al pago inmediato, con el objetivo de analizar su procedencia legal, considerando las particularidades del endoso y los riesgos asociados a la operación”.

Asimismo, el banco indicó: “En virtud de los antecedentes expuestos y de la obligación del Banco de actuar con la máxima diligencia en este tipo de casos, se solicitó un pronunciamiento de la Comisión para el Mercado Financiero respecto a la procedencia del pago solicitado. De esta forma, Santander busca garantizar el cumplimiento de las normativas legales y proteger los intereses de todas las partes involucradas”.

Sin embargo, fuentes de la CMF, así como académicos y expertos en derecho mercantil, advirtieron que el actuar del banco podría contravenir lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N°18.092, que señala: “El pagador de una letra de cambio no está obligado a cerciorarse de la autenticidad de los endosos, ni tiene facultad para exigir que ésta se le compruebe; pero debe verificar la identidad de la persona que la presente al cobro y la continuidad de los endosos, so pena de quedar responsable si paga a portador ilegítimo del documento”.

Tras los cuestionamientos, y consultado Santander emitió un nuevo comunicado en el que minimizó la relevancia de la orden de no pago instruida por el alcalde Desbordes y afirmó: “Banco Santander no ha terminado ni ha tenido la intención de terminar de modo alguno con la cadena de pago de los vales vista en Chile. Por el contrario, hemos sido especialmente rigurosos y respetuosos de la normativa legal vigente”.

El banco añadió: “Frente a la presentación de un vale vista de muy alto monto, que se pretendía cobrar por caja y en efectivo, se procedió a revisar el documento valorado, constatando que no se encontraba debidamente endosado. Solo contenía una firma de una persona que, actuando por sí sola, no podía obligar a la tomadora de dicho documento. Esa es la razón del no pago. La falta de poder suficiente para endosarlo nos consta, pues la tomadora es cliente de esta institución hace más de diez años y tenemos informados sus poderes”.

El endoso, al ser un acto traslaticio de dominio, debe cumplir con el artículo 674 del Código Civil, que establece: “Para que sea válida la tradición en que intervienen mandatarios o representantes legales, se requiere además que éstos obren dentro de los límites de su mandato o de su representación legal”.

Finalmente, Santander en su segunda comunicación precisó: “No es efectivo que el banco haya dejado de pagar el vale vista por orden del tomador. El pago no se realizó porque el documento no estaba correctamente endosado. La razón del no pago fue comunicada tanto al presentador del documento como a la Comisión para el Mercado Financiero, que se abstuvo de pronunciarse al considerar que la materia se encuentra radicada en los tribunales de justicia”.

Por su parte, Inmobiliaria San Valentino presentó correos electrónicos y mensajes de la ejecutiva del propio banco que recomendó cobrar el vale vista “en efectivo” solo para transferir internamente los fondos al área de inversiones del mismo Santander, sin retiro físico del dinero. Los registros confirmarían que no se trataba de una operación irregular.

Municipalidad de Santiago

Desde la Municipalidad de Santiago reconocieron que el alcalde Mario Desbordes instruyó la orden de no pago del vale vista. Añadieron que están “tranquilos” respecto de la demanda ejecutiva y que han interpuesto diversas acciones judiciales en defensa de la institución.

En esa línea, la Municipalidad se ha defendido sosteniendo que mantiene el recurso de nulidad, que actualmente al revisarlo en el sistema del Poder Judicial aparece sin movimientos, a la fecha. Pero insisten en que harán lo posible por anular la compra o pagar el precio para ellos “justos” de la ex clínica.