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Avanza en el Tribunal Constitucional el requerimiento de exsenador Jaime Orpis (UDI) para salvarse de la cárcel

El Tribunal Constitucional (TC) acogió a trámite un requerimiento que busca declarar como inconstitucional las normas que permitieron declarar culpable al ex senador Jaime Orpis (UDI).

A finales de abril Orpis fue sentenciado por el Tercer Tribunal Oral de Santiago a pasar más de seis años en prisión tras ser condenado como autor de seis delitos de fraude al Fisco -con carácter de reiterado y consumado-, así como por dos delitos de cohecho acreditados en el marco del caso Corpesca, sin embargo, la pena se reduce al abonarse el tiempo que el ex legislador ya pasó recluido, con lo que estará más de tres años en la cárcel.

Posteriomente, la defensa de Orpis recurrió a la Corte Suprema para evitar la cárcel y solicitar un nuevo juicio oral porque -argumentaron- el fallo infringió los derechos y garantías del representado, pero no tuvo éxito en el máximo tribunal, que decidió enviar los antecedentes a la Corte de Apelaciones por declararse incompetente en lo solicitado. 

Aún así, la defensa insistió y acudió al TC y solicitó su pronunciamiento sobre la aplicabilidad a este caso de normas que permiten a los tribunales orales "decidir la culpabilidad del acusado por simple mayoría y no por unanimidad", ya que la condena por cohecho obtuvo votación dividida y la de fraude, con disidencia. 

El TC, por su parte, decidió acoger a trámite de forma unánime el requerimiento presentado por Orpis, con el que busca declarar inconstitucional las normas del Código Orgánico de Tribunales Orales que permitieron al Tercer Tribunal Oral declararlo culpable, y se suspendió así la vista del recurso de nulidad en la Corte, según consignó La Tercera.

La norma permite que haya sido condenado por mayoría y no de forma unánime, lo que, a juicio de la defensa, afecta la presunción de inocencia y el estándar probatorio que exige la ley, que es dictar una condena "más allá de toda duda razonable". Además, el que haya sido absuelto por una de las juezas del Tercer Tribunal Oral instala esa duda. 

"Pese a que uno de los magistrados emita un razonado y fundamentado voto de absolución del acusado, igualmente y por obra de esos preceptos se produce el resultado de condenación del mismo, pese a que dicho razonado voto de absolución constituye objetivamente, en sí mismo e irrefutablemente, un antecedente concluyente de que existe una duda razonable sobre su culpabilidad", señala lo presentado por la defensa.

Ahora la Fiscalía Centro Norte y al Consejo de Defensa del Estado (CDE) deben responder al inédito requerimiento en un plazo de 10 días, tras lo cual se resolverá si se declara admisible o no, por lo que el caso quedará en suspensión hasta que esto último se resuelva.