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Se querellan criminalmente contra Piñera por pasear sin mascarilla y sin distancia social en playa de Cachagua

Una querella criminal por infringir las medidas sanitarias deberá enfrentar el presidente Sebastián Piñera, luego de que fuera sorprendido paseando sin mascarilla y sin distancia fisica en la playa de Cachagua en la Región de Valparaíso.

La acción judicial fue presentada por el abogado Luis Mariano Rendón, quien a través de Twitter señaló que “dado el absoluto y reiterado desprecio de Sebastian Piñera por la normativa sanitaria que todos debemos respetar, y que cuando no lo hacemos somos severamente sancionados, he interpuesto querella criminal en su contra. Vamos a ver si en Chile rige alguna vez la igualdad ante la ley”.

Asimismo, el abogado sostuvo que la normativa sanitaria “claramente no fue respetada por el Presidente Piñera, que como todos vimos, se acercó a centímetros, prácticamente está abrazando, al menos, a una persona que se fotografió con él sin mascarilla”.

“Entonces eso es una violación directa de la norma y por lo tanto se configura el delito, y debe ser sancionado, si es que en Chile rige el principio de igualdad ante la ley”, añadió.

“El artículo 318 establece una penalidad que va desde multa hasta presidio menor en su grado medio, entonces, atendida la circunstancia del caso y que anteriormente Piñera no ha sido sancionado, probablemente se apliquen solamente la pena de multa, pero eso igualmente es una sanción penal y que deberá aplicarse en el correspondiente del procedimiento penal”, explicó Rendón.

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Tópicos: País | Presidente Piñera
Abogado se querelló contra el Presidente Piñera por paseo sin mascarilla en Cachagua
Publicado:
 Domingo, 6 de Diciembre de 2020 a las 18:40hrs. | Periodista Digital: Cooperativa.cl
Esta tarde el Mandatario se disculpó por el episodio, sin embargo, el jurista Luis Mariano Rendón busca "igualdad ante la ley".

El documento lo acusa del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, esto es "generación de riesgo de contagio en tiempo de pandemia".
Foto: ATON (Referencial)



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El abogado Luis Mariano Rendón anunció una querella criminal contra el Presidente Sebastián Piñera, luego de que se diera a conocer que el Mandatario paseó por la playa de Cachagua sin utilizar mascarilla, algo que significa una infracción a la ley sanitaria.

Esta tarde Piñera se disculpó por el episodio y sostuvo que "sin duda debí haberme puesto la mascarilla, pero por la rapidez con que ocurrieron los hechos no lo hice y fue un error".

Pese a esto, el jurista manifestó a través de Twitter: "Dado el absoluto y reiterado desprecio de Sebastian Piñera por la normativa sanitaria que todos debemos respetar, y que cuando no lo hacemos somos severamte sancionados, he interpuesto querella criminal en su contra. Vamos a ver si en Chile rige alguna vez la igualdad ante la ley".

Rendón, además, señaló que "cuando cualquier ciudadano viola la normativa sanitaria que está establecida para tratar de reducir los niveles de contagio en el marco de la pandemia, recibe una sanción. Eso que le ocurre a cualquier ciudadano, común y corriente, es lo mismo que le debe ocurrir al Presidente de la República cuando viola ley".

"El Presidente ha demostrado una conducta sistemática de desprecio a la normativa establecida para resguardar la salud de las personas y que debemos cumplir todos los demas. Yo agregaría, la situación que fue muy irritante que ocurrió en el funeral de su tío Bernardino Piñera... En esa ocasión se violaron todas las normas del protocolo de funerales", enfatizó a Cooperativa. 

La querella señala que "el día sábado 5 de diciembre de 2020, alrededor de las 18 horas, el querellado Piñera Echeñique fue visto en la playa de Cachagua, comuna de Zapallar, acompañado de personal de seguridad adscrito a la Presidencia de la República, sin usar mascarilla y sin respetar el distanciamiento físico con el resto de las personas".

Al mandatario se le imputa el delito "contemplado en el artículo 318 del Código Penal, esto es, generación de riesgo de contagio en tiempo de pandemia por infracción de orden de autoridad sanitaria".

"El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales", agrega el texto.