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Avanza proyecto que agrava pena al homicidio simple y aumenta requisitos para optar a libertad condicional

Con 108 votos a favor la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto que busca aumentar las penas al homicidio simple que hoy tiene condenas iguales a delitos contra la propiedad, por ejemplo, e incrementar los requisitos para el otorgamiento de la libertad condicional, tal como es considerar la opinión de la víctima o su familia.

La iniciativa es producto proyectos refundidos y que fueron presentados al ministro de Justicia, Hernán Larraín, en marzo del 2021, por el diputado Andrés Longton y la diputada, Erika Olivera, pero que reúne en forma transversal a varios parlamentarios.

“El aumento de los actos de violencia, especialmente en contra de los niños, niñas y adolescentes, la necesidad de corregir la proporcionalidad de las penas y, sobre todo, enmendar la poca rigurosidad que existe en el otorgamiento de la libertad condicional, nos motivo a presentar estas iniciativas”, explicó la diputada.

Recordó que “sólo en los 5 primeros meses de este año 7 niños, niñas y adolescentes han perdido la vida en actos de violencia y en los último 15 años más de 1000 NNA murieron, mientras estaban bajo un programa en Sename. Además, es necesario mencionar que la adolescente Ámbar Cornejo fue asesinada por un sujeto que gozaba de libertad condicional pese a haberle quitado la vida a un niño y su madre”.

Detalles del proyecto:

1.       Se aumenta la pena del homicidio simple, se sube de 10 a 15 y 20 años.

2.       El homicidio simple se incluye en el catálogo de los delitos en que se necesita 2/3 de la pena cumplida para optar a libertad condicional.

3.       Se entregan mayores herramientas a los jueces antes de tomar la decisión para otorgar beneficios carcelarios.

4.       El informe sicosocial pasa a ser un antecedente calificado.

5.       Los beneficios intra penitenciarios como la salida al medio libre entregado por Gendarmería debe ser visado por un juez de garantía.

6.       Si la libertad condicional es denegada, el condenado sólo podrá volver optar al beneficio transcurrido un año.

7.       La víctima debe ser notificada cuando el victimario ha obtenido la libertad condicional y además puede oponerse por escrito si el ministerio público, a través de la fiscalía, lo estima conveniente.

8.       Los delegados de libertad condicional deben incorporar medidas tendientes a evitar la revictimización de la víctima, que no se acerque a ella o la amedrente.

9.       Se saca al juez de corte de la comisión de Libertad Condicional procurando que todos los jueces sean de la misma jerarquía para asegurar la independencia de la votación.