El Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen dictó el sobreseimiento por prescripción en las investigaciones por abuso sexual contra el actor Cristián Campos.
Según comunicó el Poder Judicial este jueves, el juez Edgardo Gutiérrez dio por establecidos tres hechos de connotación sexual entre 1989 y 1995 en contra de la víctima, pero consideró que no pueden ser sancionados al estar prescritos los delitos.
Al dictar la resolución, el magistrado analizó los hechos investigados desde 12 aspectos y estableció tres hechos de los que fue autor el denunciado.
El primero ocurrió en una fecha indeterminada en 1989, cuando la víctima Raffaella di Girolamo tenía 11 años, donde el imputado procedió a realizar un acto de connotación sexual en contra de la víctima.
Posteriormente, el segundo hecho, ocurrió en una fecha indeterminada entre 1991 y 1992, sostiene el Poder Judicial. La víctima Raffaella di Girolamo tenía entre 13 y 14 años y el actor procedió actos de connotación sexual en contra de ella, con la excusa de realizarle masajes para un curso que supuestamente el imputado estaba realizando.
Finalmente, el tercer hecho ocurrió en una fecha indeterminada en 1995, cuando Raffaella di Girolamo tenía 17 años. Según se estableció, Campos “procedió a realizar un acto de connotación sexual en contra de la víctima, consistente en dormir desnudo, con su cuerpo en contacto con el cuerpo de la víctima, sin que esta última se percatara de esta situación”.
Debido a esto, se considera que “los hechos descritos, constituyen actos de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dichos relatos como coincidentes, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo incorporadas al proceso, que recaen sobre el contexto en que se ejecutó aquel evento abusivo, la develación de los hechos y el daño emocional en la víctima, del cual dan cuenta los documentos aportados al proceso”.
Asimismo, añade el Poder Judicial “se debe tener presente que los hechos acontecieron en una época en que la víctima tenía entre 11 y 17 años, según consta del certificado de nacimiento acompañado a fojas 19 de autos”.
Acerca de la decisión, comunicó el Poder Judicial, “el último de los hechos habría acaecido en el año 1995, el cual sería el delito de abusos deshonestos, por lo que el plazo de prescripción de cinco años entre la ocurrencia de éstos y la fecha de la denuncia, ha transcurrido con creces, sin interrupciones ni alteraciones legales de su cómputo, excediéndose con creces a la fecha de inicio del presente proceso, la que, como se ha señalado, se efectuó el 26 de marzo de 2024, por lo que, en lo resolutivo de esta resolución, se declarará el sobreseimiento total y definitivo de la presente causa (…) Esto es por haberse extinguido la responsabilidad penal del denunciado Cristián Campos, por prescripción de la acción penal”.
Caso del actor Cristián Campos: Juzgado establece hechos de connotación sexual, pero dicta sobreseimiento por prescripción


