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Caso Factop- Hermosilla: Corte de Apelaciones manda a la cárcel a empresario Álvaro Jalaff y mantiene arresto domiciliario de su hermano Antonio Jalaff

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la apelación de la Fiscalía Metropolitana Oriente en el caso Factop y revocó parcialmente la resolución del 4º Juzgado de Garantía. Dicho tribunal había otorgado arresto domiciliario total y arraigo nacional a Álvaro Jalaff, y arresto domiciliario parcial y arraigo a Antonio Jalaff, exsocios de Grupo Patio.

El tribunal de alzada ordenó la prisión preventiva de Álvaro Jalaff, al dar por acreditado los presuntos delitos de lavado de activos y soborno, la que debe cumplirse en el anexo penitenciario Capitán Yáber, donde ya cumple la misma medida Daniel Sauer, socio de Factop. En el caso de Antonio Jalaff, mantuvo el dictamen anterior.

En estrado, Cedric Bragados defendió a Antonio Jalaff, mientras que Hugo Rivera representó a Álvaro Jalaff. En tanto, el fiscal de crimen organizado de la Fiscalía Oriente, Miguel Ángel Orellana, expuso por el Ministerio Público, y Luppy Aguirre, exjefa jurídica del Ministerio del Interior, alegó en representación del Consejo de Defensa del Estado.

“Es muy relevante que se den por acreditados los delitos de soborno y lavado de activos en el caso de Álvaro Jalaff, algo que no ocurrió en la audiencia de garantía”, señaló el fiscal Orellana al término de la sesión.

Por su parte, el defensor Hugo Rivera afirmó: “Estamos tranquilos, se expusieron todos los hechos. Me llamó la atención que no se consideraran los argumentos de esta defensa. Fue una transcripción total de lo planteado por el Ministerio Público y los querellantes, pero los hechos dicen otra cosa. Resulta llamativo que el fallo citara con detalle lo expuesto por los querellantes, sin mencionar en absoluto mis alegatos”.

El 24 de enero de 2025, tras nueve jornadas de alegatos, la jueza Cheryl Fernández, del 4º Juzgado de Garantía de Santiago, determinó que el arresto domiciliario total y el arraigo nacional eran medidas cautelares proporcionales, argumentando que cumplían los mismos fines perseguidos por la Fiscalía.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revisó la apelación, es presidida por el juez Alejandro Rivera e integrada por el ministro (s) Fernando Valderrama y la abogada Paola Herrera. La misma sala envió a prisión preventiva a Rodrigo Topelberg en dos ocasiones.

Según el fiscal Miguel Ángel Orellana, su alegación estuvo centrada en la acreditación de los delitos de soborno y lavado de activos. Argumentó que la resolución del Tribunal de Garantía no consideró la totalidad de los antecedentes presentados en la formalización, minimizando la evidencia aportada por el Ministerio Público. Destacó que no se trataba únicamente de un chat entre Álvaro Jalaff y María Leonarda Villalobos, sino que existía un conjunto de pruebas que incluían declaraciones clave, transferencias de dinero y comunicaciones que corroboraban la participación de los imputados en el esquema delictivo.

Además, insistió en que ni Jalaff ni Villalobos han prestado una colaboración sustancial y que, por lo tanto, no corresponde otorgar atenuantes ni modificar las medidas cautelares. También enfatizó el riesgo de fuga de Álvaro Jalaff, sustentado en la gravedad de los delitos imputados, la posible condena de cumplimiento efectivo y su condena previa ocurrida en 2002. Esto, luego de ser condenado por la Ley 19.366, que sancionaba el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en Chile. Esta normativa fue posteriormente sustituida por la Ley N° 20.000, promulgada en 2005, que actualizó y reforzó las disposiciones legales relacionadas con el tráfico y consumo de drogas.

“En el caso de Álvaro Jalaff también hay una diferencia, porque a diferencia de Antonio, Álvaro Jalaff sí tiene una condena anterior por el artículo 5° de la Ley 19.366 del 2002, que es una sanción que no implica la posibilidad de agravar su pena, pero no tiene irreprochable conducta anterior y, por lo tanto, se expone al cumplimiento efectivo en caso de ser condenado”, dijo.

Ante esto, la defensa comentó que dicho argumento es “otro veneno típico de una estrategia no muy sana”.

“Ese hecho ocurrió hace 21 años, cuando él tenía 21 años. Porque no es, como dijeron, una persona con las calidades que insinuó la abogada del Consejo de Defensa del Estado. No. Cualquier persona puede haber tenido este problema (...) además, todo eso está prescrito, pues ocurrió hace 21 años”, agregó el abogado defensor.

Origen

Este caso se originó en torno a la empresa de factoring Factop, fundada por los hermanos Daniel y Ariel Sauer, junto a Rodrigo Topelberg. Esta compañía está bajo investigación por la emisión de miles de facturas falsas, facilitando presuntas estafas y delitos tributarios.

Los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff, exsocios del Grupo Patio, están vinculados al caso debido a su relación con Factop. Según las investigaciones, habrían utilizado facturas emitidas por Factop para obtener financiamiento ilícito, beneficiándose de operaciones fraudulentas que les permitieron acceder a recursos financieros de manera irregular.

Además, se ha revelado una estrecha relación entre los Jalaff y el abogado Luis Hermosilla, quien habría actuado como intermediario en diversas operaciones financieras y legales, fortaleciendo el vínculo entre los Jalaff y Factop.

Actualmente, Álvaro y Antonio Jalaff enfrentan cargos por su presunta participación en estos delitos, incluyendo lavado de activos y estafa.

Los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff están vinculados al Fondo de Inversión Capital Estructurado I, creado por LarrainVial Activos AGF a fines de 2022. Este fondo tenía como objetivo reestructurar las deudas de Antonio Jalaff, fundador del Grupo Patio, convirtiéndolas en una participación indirecta en dicha empresa.

Sin embargo, surgieron acusaciones de que el fondo fue utilizado para ocultar incumplimientos financieros y regulatorios, lo que llevó a investigaciones por delitos como lavado de activos, estafa y administración desleal. En enero pasado la Fiscalía formalizó a los hermanos Jalaff y a ejecutivos de LarrainVial en relación con estos hechos.