Oh I'm just counting

El desconocimiento de las leyes induce al insulto. Por Patricio Herman, Fundación Defendamos la Ciudad

En la edición del 30/01/2025 de un medio de prensa de circulación nacional, Juan Armando Vicuña, ex presidente de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y uno de los dueños de la inmobiliaria RVC, se enojó porque la Corte de Apelaciones de Valparaíso, como era su deber, en categórico fallo del 27/01/2025, dejó sin efecto 2 permisos de edificación ilegales cursados a su empresa en el año 2022 por un ignorante director de Obras Municipales (DOM) de Viña del Mar, hoy jubilado. Afortunadamente en la actualidad esa función técnica es ejercida por un arquitecto competente. 

El empresario Vicuña, muy suelto de cuerpo, trató a los magistrados porteños como "activistas judiciales", enfatizando que la sentencia origina "incerteza jurídica". En rigor, este empresario debió despotricar en contra del funcionario municipal que otorgó los permisos, ya que los jueces solamente aplican la ley. Su negocio consiste en construir, en una conocida zona de riesgo, 5 edificios con 500 departamentos, obras que naturalmente están paralizadas, conflicto que será resuelto más adelante por la Corte Suprema. 

Los lectores y, más todavía, los empresarios de la construcción, tienen que saber que tanto los Planes Reguladores Intercomunales como los Comunales, definen las áreas restringidas al desarrollo urbano, ello por constituir un peligro latente para los asentamientos humanos. Estas áreas están descritas con suma claridad en la Ordenanza General de Urbanismo y Constricciones (OGUC) como "zonas no edificables" por ser "áreas de riesgo". 

Vale la pena aclarar que si el proyecto se hubiera sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), no estaríamos refiriéndonos a este episodio, pues allí se habría exigido el estudio de riesgo, pero como ello no era obligatorio, de acuerdo a la Ley N° 19.300, la Justicia ahora lo está requiriendo.  

Edificar viviendas en áreas inundables es muy peligroso, tal como lo sabe el senador Rodrigo Galilea, presidente de Renovación Nacional, cuyo elegante proyecto inmobiliario, con el nombre de Parque Zapallar, de 400 viviendas unifamiliares se inundó en agosto de 2023 porque su empresa violó la normativa preventiva contenida en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Curicó. Este instrumento local establece que el terreno está afecto al riesgo de inundación por posible desborde del estero Guaiquillo y pasó, lo que tarde o temprano tenía que pasar, para desgracia de las todas familias que cándidamente compraron esos inmuebles.  

Así las cosas, le recomendamos a Vicuña y a sus socios que lean y entiendan el contenido de los dictámenes vinculantes N° E986991 del 23/04/2021, N° E58945 del 11/12/2020,  N° 36497 del 12/10/2017, N° 25.693 del 27/09/2019, N° 93.889 del 29/12/2016, emitidos por la Contraloría General de la República sobre esta materia, los que son bastante concluyentes y si no tienen tiempo para buscar en internet esos dictámenes, pueden acceder al reciente dictamen N° E310 del 02/01/2025, del subcontralor general de la República, que declaró como contrarios a derecho 60 permisos de edificación, en una zona inundable de la ciudad de Iquique, cuyo DOM, obedeciendo a la Contraloría, está invalidándolos.  

Nos molestó sobremanera que Vicuña, desconociendo absolutamente la regulación urbanística vigente, utilice un lenguaje tan ofensivo para referirse a los jueces de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, conducta impropia similar a la empleada por el diputado Johannes Kaiser, émulo en Chile de Milei, quien trató a los jueces de nuestro país como sicarios. 
Este columnista espera que ese lenguaraz diputado libertario asuma su responsabilidad, en la medida de que la Corte Suprema se lo exija, pues el sicariato es una actividad delictual del crimen organizado.

Con respecto al improperio del empresario Vicuña, se entiende que su ofuscación lo motivó a utilizarlo sin razón alguna y por ello sería deseable que se excuse públicamente ante los jueces de Valparaíso.