La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la multa aplicada por el Consejo Nacional de Televisión a la empresa DirecTV por exhibición de una película para mayores en horario con restricción: fijó una sanción monetaria de 100 UTM (cerca de $ 5.002.100).
En fallo unánime, la sanción aplicada a la empresa de televisión satelital por exhibir el filme Watchmen, a través de la señal Studio Universal en horario de menores.
La instancia consideró que “tras establecerse la infracción normativa cometida por quien impugna el fallo del tribunal y habiendo solicitado el recurrente la imposición de una sanción inferior a la multa de 250 UTM, ha de reflexionarse en torno a la entidad de ella que debiendo atenderse en la aplicación de una sanción administrativa al principio de proporcionalidad que con el fin de impedir que la ley autorice y que la autoridad adopte medidas innecesarias y excesivas, impone a las potestades llamadas, primero, a establecerla y en su oportunidad a asignarla, un cierto nivel de correspondencia entre la magnitud de la misma y la envergadura de la infracción por la cual se atribuye, a través de la observancia de criterios de graduación basados en diversas razones, incluso derivadas de otros principios, como son entre otras, la intencionalidad y los perjuicios causados, debe entonces reflexionarse que conforme a las consideraciones efectuadas en los motivos que anteceden, se sancionará a la permisionaria de los servicios de televisión mediante la imposición de una multa en un rango menor al recurrido, esto es, se rebaja aquella a la suma de 100 Unidades Tributarias Mensuales”.
“Las consideraciones anteriores, morigeran la responsabilidad de la concesionaria en términos tales que parece razonable y proporcionado aplicar a la infraccionaría, un multa inferior a la apelada“, añadió el fallo de la Corte de Apelaciones.