La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a un médico a pagar una indemnización de 60 millones de pesos a Daniella Campos por la muerte de su hija, que murió 4 días después de nacida al autorizar un traslado fuera de Santiago.
En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Omar Astudillo, María Cecilia González y el abogado (i) Ángel Cruchaga- estableció conducta negligente del pediatra Mauricio Pinto Cid, quien entonces trabajaba en Clínica Las Condes, al autorizar el viaje de Campos y su hija a La Serena, según información de El Dínamo.cl.
Según su resolución, “se configuran incumplimientos contractuales, todos derivados de un errado diagnóstico sobre el verdadero estado de salud (…) Por lo pronto, pese a las especiales circunstancias del parto, esto es, de una madre con antecedentes de hipertiroidismo severo, ingresada de urgencia, con 32 semanas de embarazo, bajo condiciones de hipertensión y preeclampsia, el médico pediatra incumplió los deberes de cuidado asociados a esa particular condición de alumbramiento, omitiendo la realización de exámenes respiratorios, incurriendo en la conducta negligente de autorizar el traslado de la niña –a los pocos días de nacer-, fuera de la ciudad de Santiago”.
Junto con ello, “una vez verificada la emergencia, adoptando una actitud pasiva y, contraproducentemente, sugiriendo a la madre trasladar de regreso a la niña a la Clínica Las Condes, en esta ciudad. A su turno, sobre todo en lo que atañe a la fase de hospitalización de la niña, la Clínica demandada infringe también sus deberes, sin que haya demostrado la adopción de todas las medidas y precauciones que el caso ameritaba, limitándose el tratamiento a la práctica de exámenes comunes o de rutina, que no condecían a las condiciones específicas del nacimiento de la niña”.