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Tribunal declaró admisible demanda colectiva contra Bayer por venta de herbicida cancerígeno

El 22° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible la demanda colectiva interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, en contra de los representantes locales de la empresa internacional Bayer, por los efectos que produjo en millones de personas la exposición al herbicida Roundup. 

Según los argumentos legales expuestos en esta demanda colectiva, el daño causado “proviene del lento -envenenamiento cancerígeno- producido por el glifosato y los productos químicos del Roundup, que es elaborado por Bayer y distribuido y comercializado en Chile por Bayer Chile S.A. y Arysta LifeScience S.A., las demandadas, y sufrido por los trabajadores, consumidores y usuarios expuestos al Roundup”.

ODECU agregó que “dicho daño tiene asimismo su origen en una conducta que constituye infracción a los deberes del proveedor en el contexto de la Ley de Protección de Derechos del Consumidor chilena, de ahí la pertinencia de la presente acción en defensa del interés difuso de los consumidores”.

De acuerdo al presidente de ODECU, Stefan Larenas, “los afectados por el herbicida Roundup en Chile tienen los mismos derechos a justicia y compensación que quienes fueron expuestos en Estados Unidos o Europa, donde BAYER ya reconoció judicialmente su responsabilidad, como sucesora de Monsanto”.