Este martes se conoció la absolución por parte de la Corte Marcial de Rafael Humberto Harvey Valdés, quien había sido condenado a cinco años de reclusión militar en su grado máximo por sedición impropia.
En la resolución judicial del pasado diciembre de 2018, se concluyó que Harvey indujo a desertar a 13 soldados que efectuaban su servicio militar en el Regimiento Artillería N°1 quienes, al momento de dejar la institución, argumentaron haber sufrido cobros indebidos, malos tratos y amenazas por parte de sus superiores.
Sin embargo, este martes la resolución de absolución sostiene que "de los antecedentes que arroja la exhaustiva investigación y que se adicionan en el fallo, no resulta posible configurar el hecho punible, pues no se divisan conductas tendientes a provocar o causar desorden, indisciplina o incumplimiento de deberes militares, estimulando a los soldado a ejecutar determinados hechos, ni menos se advierte la preparación o trama para preparar con astucia algo, especialmente si es negativo, es decir, la instigación".
Agrega el fallo que "En la especie, no concurren los elementos correspondientes a la sedición impropia, pues las molestias de los soldados conscriptos -una parte de ellos- corresponden a actuaciones ocurridas en el Regimiento y que desembocan en las deserciones, sin que el Oficial Harvey tenga una conexión directa, gravitante e influyente para tales desenlaces, dejándose constancia que los procesos seguidos por el delito de deserción, que se tienen a la vista, no hay referencias concretas a la intervención de procesado en dichos delitos y en los cuales se dictaron sentencias condenatorias".
Se detalla también que el delito de sedición impropia es grave, pero consigna que "los hechos imputados no fueron materia de investigación sumaria administrativa (...) ni tampoco se dejó anotación negativa en su Hoja de Vida y Calificaciones, desprendiéndose claramente que la institución castrense no evidenció perjuicio o afección por dichas actuaciones".
Entre otros argumentos, se agrega que "las sentencias dictadas por el delito de deserción simple en tiempos de paz, tampoco tienen nexo causal con este caso, pues dichos fallos describen hechos distintos referidos a otros periodos, aislados del que es materia del proceso. De manera que no se configura una sedición o motín".
Hay que recordar que Harvey había denunciando la existencia de una “red de protección a la corrupción”, los que consideraban presuntos ascensos irregulares que involucran directamente a los funcionarios investigados por fraude al fisco.