Durante la jornada de este martes 19 de noviembre se aprobó por amplia mayoría en el Congreso el proyecto de Ley Consultorio Seguro.
Esta iniciativa, que aumenta las sanciones para las personas que agreden a funcionarios públicos, ahora deberá ser promulgada para entrar en vigencia, lo que se prevé que sea dentro de las próximas semanas.
“Estamos muy contentos que el Congreso Nacional esté trabajando de esta forma para sacar rápidamente las leyes, que en este caso en particular, benefician al 80% de las pacientes que se atienden en la salud pública. Hay que recordar que cuando se agrede a un funcionario de salud, se produce un daño no solo a los trabajadores, sino que provocan problemas en la continuidad de la atención de salud, incitan a la renuncia del personal, ocasionando efectos para todo el sistema de atención”, indicó el subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, quien asistió a la tramitación del proyecto junto con el ministro de Salud, Jaime Mañalich.
Y es que en lo que va de este 2019 se han registrado más de 1.100 agresiones a funcionarios de salud, es decir, cinco diarias en los diferentes establecimientos del país.
El proyecto de ley Consultorio Seguro establece sanciones más duras contra quienes agredan a profesionales que presten servicios en establecimientos educacionales y funcionarios de servicios de salud, imponiendo a los jefes de los establecimientos la obligación de denunciar los delitos cometidos al interior de las instituciones.
A su vez, los faculta para adoptar medidas extraordinarias en resguardo de la seguridad, y garantizando el acceso a defensa jurídica de los trabajadores que sean víctimas de agresiones.
Entre otros, se propone aplicar una pena que puede llegar a presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años) si debido a las lesiones queda con daño severo que implica pérdida de autonomía.
Y presidio medio a máximo (desde 541 días a cinco años), si el funcionario presenta enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
Además, el texto señala que el agresor puede ser multado o con la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Esto último si causa lesiones leves que no se producen daño.